La Sala II de la Cámara de Casación Penal, integrada por Ángela Ester Ledesma, Alejandro W. Slokar y Ana María Figueroa, hizo lugar a la revisión de los casos de tres jóvenes que recibieron condenas de cadena perpetua por una serie de delitos que se repasan a continuación.
En 1999, César Alberto Mendoza había sido condenado a la pena de prisión perpetua por considerarlo penalmente responsable de los delitos de robo calificado por haber sido perpetrado con armas en cuatro oportunidades, una de ellas en grado de tentativa; homicidio calificado por haber sido perpetrado para consumarlo y, consecuentemente, lograr la impunidad con alevosía; homicidio calificado por haber sido perpetrado para consumarlo y, consecuentemente, lograr la impunidad; y lesiones graves, todos ellos en concurso real entre sí.
En tanto, Claudio David Núñez había sido nombrado coautor penalmente responsable de los delitos de homicidio calificado reiterado en cinco oportunidades; robo agravado por el uso de armas reiterado en ocho oportunidades, dos de ellas en grado de tentativa; tenencia ilegítima de armas de guerra y asociación ilícita.
Por su parte, Lucas Matías Mendoza fue considerado coautor penalmente responsable de los delitos de homicidio calificado reiterado en dos oportunidades; robo agravado por el uso de armas reiterado en ocho oportunidades, uno de ellas en grado de tentativa; asociación ilícita y tenencia ilegítima de armas de guerra, los cuales concurren materialmente entre sí.
La suma de todos estos delitos (aclarando que muchos de elllos fueron cometidos en conjunto) da un total de 9 casos de robo con 6 homicidios; tenencia ilegítima de armas de guerra; lesiones graves y asociación ilícita.
Hecho por hecho
1) El 3 de octubre de 1996, a las 20:50, los imputados Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, junto con Rosendo Esteban Barroso (ya fallecido) y otro sujeto no individualizado, sorprendieron a una familia que entraba a su casa y ocasionaron la muerte de Ricardo Luis Gazzia en la finca ubicada en Onésimo Leguizamón 7159 de esta ciudad.
2) El mismo día, alrededor de las 22:30, los mismos imputados Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, junto a otros dos sujetos no individualizados, intimando con armas de fuego, se apoderaron de una videocasetera, cien compact discs, una billetera con un DNI, CI y tarjetas de crédito propiedad de Andrea Verónica Contreras y una billetera propiedad de Nicolás Ávalos con DNI, CI, dos estéreos Philco y un vehículo VW Gol dominio AVP 162 color verde propiedad de Ávalos.
3) 1° de noviembre de 1996: aproximadamente a las 21:10, Claudio David Núñez y otros sujetos (aún no individualizados) dieron muerte a Fernando Nahuel Silva en momentos en que intentaban apoderarse del rodado de su propiedad, marca Fiat Duna, dominio RQG-751.
La víctima se aprestaba a ingresar a su vivienda, sita en Tinogasta 4796 de esta ciudad, circunstancia aprovechada por el imputado Núñez para entrar a la finca munido de un arma de fuego. Los imputados ascendieron al rodado de Silva y se fugaron del lugar, pero a los pocos metros el sistema de corte de suministro de combustible que poseía el vehículo los obligó a detenerse. Tal situación provocó que descendieran y regresaran hacia donde se hallaba Silva, efectuándole un disparo de arma de fuego (calibre 9x 19mm) en su cabeza, mientras uno de los suejtos le decía "ahora te mato, hijo de puta". Luego se dieron a la fuga.
4) 16 de noviembre de 1996: siendo aproximadamente las 22:45, Dante Núñez y Lucas Matías Mendoza, en compañía de otros cuatro sujetos aún no individualizados, se apoderaron de distintos elementos; para lograr su cometido, ingresaron a la finca ubicada en Saladillo 1507, Dto. "I" de esta ciudad, propiedad de Carlos Oscar Moreno y Andrea Fabiana Berisso, a quienes intimidaron con armas de fuego cuando entraban en su domicilio.
A estas personas las obligaron a arrojarse al piso, les quitaron sus bienes y las encerraron en el baño de la vivienda y se dieron a la fuga en el rodado marca Peugeot 306 dominio AWW 737 color celeste propiedad de Moreno, que fue hallado días después en Ciudadela, provincia de Buenos Aires.
5) 8 de diciembre de 1996: a las 22:30, los imputados Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, junto al fallecido Rosendo Barroso y un cuarto sujeto no individualizado, se apoderaron de una pulsera de oro blanco gruesa, tres anillos de oro (uno de ellos con rubí), dos pares de aros de oro, la suma de $140 en efectivo, ocho parlantes nuevos de 600 watts, una consola de luces Leap, otra consola Drusmer Amad Gate DS 404 con entradas y llaves varias, una sierra Black & White, una cortadora con base de carbono Hitachi de treinta centímetros, un radio-despertador Phillips, una campera de antílope, un maletín con papeles varios y un talonario de facturas B con estatuto original de SA de CV Audio, propiedad de Carlos Raúl Luguercio y Andrea Fabiana Pittella.
Para lograrlo, ingresaron a la vivienda ubicada en la Av. Gral. Paz 11.346 (a la que habían llegado en un rodado marca Renault 19 color gris) munidos de armas de fuego, con las cuales amenazaron a Luguercio, que se hallaba en el jardín. Luego de ello, Mendoza, que llevaba una pistola, junto con otros dos asaltantes también con armas de fuego y una navaja, ingresaron a la finca donde en esos momentos se encontraba Andrea Fabiana Pittella, dirigiéndose los dos sujetos a la parte superior de la casa donde se hallaban sus hijos menores a quienes también intimidaron, lugar en el cual se apoderaron de algunos de los elementos descriptos.
Mientras tanto, el restante agresor permanecía en la planta baja con los demás integrantes de la familia, a quienes les exigía la entrega del dinero "porque a los de arriba los matarían". Luego, uno de los autores llevó a Pittella a la planta alta, en tanto su consorte condujo a Luguercio hacia la cocina en busca de su billetera, lugar donde lo hizo acostar en el piso y le preguntó si era policía, provocándole un corte en la mejilla.
Al salir de la finca, hallaron al agente de la Policía Federal Miguel Ángel Rojas, uniformado, a quien le efectuaron varios disparos de armas que impactaron en diferentes partes de su cuerpo, provocándole la muerte. Acto seguido, se apoderaron de la pistola calibre 9 mm propiedad del agente Rojas, fugándose todos en el vehículo marca Renault 19 en el que habían llegado en dirección hacia el Riachuelo.
6) 2 de enero de 1997: a las 21:30, los imputados junto al fallecido Rosendo Barroso y un quinto sujeto no individualizado, se desplazaban a bordo del automóvil marca Ford Escort color gris con el cual interceptaron a Ulises Guillermo Strafaccio cuando se disponía a guardar su rodado marca Renault 9, dominio APD 942, y un Renault Twingo dominio SGL 753 en el garaje de su domicilio sito en Molina 1624 de esta ciudad.
Acto seguido, dos de los asaltantes se aproximaron a la víctima esgrimiendo armas de fuego, indicándole que se introdujera en el garaje, lugar en el que se hallaban Nora Alonso, Juan Ignacio Brienzo, Uriel Strafaccio y Nora García. Luego de ello, ingresaron otros dos asaltantes portando también armas de fuego, mientras el quinto permaneció en la puerta.
Seguidamente, obligaron a toda la familia a trasladarse al dormitorio de Uriel Strafaccio y les exigieron la entrega de efectos de valor, apoderándose de una cadena de oro con medalla del mismo metal, un anillo de oro, cien pesos y un reloj marca "Citizen" pertenecientes a Ulises Strafaccio, un reloj de oro y plata de origen alemán a Nora Alonso y tres relojes del dormitorio.
Luego de ello, tres de los agresores obligaron a Ulises Strafaccio a salir al patio de la vivienda mientras el otro se quedaba en el dormitorio con el resto de la familia. En aquel lugar comenzaron a golpearlo con las empuñaduras de las armas en su cabeza y a darle patadas una vez que cayó al piso, mientras le decían "dame la plata porque si no, mato a tu mujer delante de los pibes y después vengo y te mato a vos, hijo de puta".
Ante ello, la víctima se dirigió a su dormitorio donde les entregó alhajas, dos mil quinientos pesos, anillos de bijouterie y otros elementos, mientras uno de los ladrones le decía "dame la plata, hijo de puta, te mato" y lo continuaba golpeando. En ese instante, ingresó al dormitorio Alonso, quien entregó los bienes detallados, recibiendo una patada en la espalda. Con todo el botín, se fugaron del lugar, sustrayendo además una videofilmadora marca JVC, vestimenta de mujer, alhajas y el rodado marca Renault 9.
7) 2 de enero de 1997: a las 23:30, los imputados, en compañía del fallecido Barroso, sorprendieron a Edgardo Amadeo Teló cuando llegaba a su vivienda, ubicada en la calle Chivilcoy 5057, y se disponía a estacionar su automóvil. Previa intimidación con armas de fuego, lo obligaron a ingresar en su domicilio junto a su hijo Federico Antonio Amadeo, lugar en el que se encontraba el resto de la familia.
Tras numerosas intimidaciones huyeron con una motocicleta marca Honda dominio 465 BGZ color rojo, una pistola semiautomática marca "Rugger", modelo P 85, calibre 9 mm, nro. 30079246; dos pistolas semiautomáticas marca "Browning" modelo "BOA", calibre 3.80 nros. 01633 y 01339; un revólver de doble acción marca "Smith & Wesson" modelo "Magnum", calibre 357 nro. 11.623, una pistola marca "Rexio" modelo Super 152 de dos caños, calibre 14 nro. 2758; ochocientos proyectiles de distintos calibres; un juego de cubiertos de plata de ciento cuarenta piezas; alhajas varias (anillos, cadenas y dos relojes marca Rolex); mil doscientos dólares estadounidenses (uS$ 1200); seiscientos pesos ($600); una filmadora Panasonic, un DNI a nombre de Adriana Longobardi; una cámara fotográfica, seis tarjetas plásticas de la obra social "Cefran", una caja metálica con equipos de teleobjetivos de origen ruso y ropa.
8) 7 de enero de 1997: a las 21:00, los imputados Claudio David Núñez y Dante Núñez en compañía del fallecido Barroso y de otros dos sujetos no individualizados, los que instantes antes habían intentado ingresar con fines de robo a la casa de Sandra Mabel Paladini ubicada a escasos metros del lugar y venían de robar y dar muerte a pocas cuadras en la provincia de Buenos Aires a Cristo Gómez, asesinaron a Gerardo Gabriel Camacho Gamboa y Oscar Lucio Borda –presuntamente ante una reacción de éstos ante la inminencia del asalto– cuando se hallaban en el interior del vehículo Volkswagen Polo dominio BCM 994 color rojo, estacionado frente al nro. 13.503 de la Av. Gral. Paz.
9) 9 de enero de 1997, a las 22, los imputados y otro sujeto no individualizado se apoderaron de los efectos detallados e ingresaron en la finca sita en Benito Juárez 4486 de esta ciudad en el momento en que su propietario Héctor Alberto Estavenez, su mujer Graciela Núñez y el hijo de ambos Emiliano Estevanez se hallaban cenando en el comedor de la vivienda.
Para lograr su cometido entraron dos de ellos por la ventana de la casa, luego de lo cual abrieron la puerta para el ingreso de los dos restantes y, portando armas de grueso calibre, golpearon a Estevanez exigiéndole la entrega de dinero y efectos de valor, haciendo descender asimismo de la planta alta a la hija del matrimonio, Mariana Estevanez. Una vez con el botín, se dieron rápidamente a la fuga, antes de lo cual golpearon nuevamente a Estevanez y huyeron en un automóvil marca Fiat Uno gris, dominio SFT 346, por la calle Benito Juárez en dirección hacia el Sur.
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