Condenaron a todos los músicos de Callejeros y ordenaron abrir la calle

Casación modificó el fallo de primera instancia que había exculpado a los músicos y resolvió penarlos por "incendio culposo seguido de muerte y cohecho". La misma pena recibieron Chabán, Villarreal y el manager de la banda. Aún no fueron determinadas las condenas en prisión. Bronca de los familiares

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Casación modificó el fallo de primera instancia que había exculpado a los músicos y resolvió penarlos por "incendio culposo seguido de muerte y cohecho". La misma pena recibieron Chabán, Villarreal y el manager de la banda. Aún no fueron determinadas las condenas en prisión. Bronca de los familiares
 DyN 162
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Los jueces de la Sala III de la Cámara de Casación Ángela Ledesma y Liliana Catucci decidieron esta mañana condenar a los miembros de la banda que en 2004 tocaba en el boliche Cromañón al momento del trágico incendio. Eduardo Riggi votó en disidencia y pidió "homicidio doloso" para los músicos, Chabán y el manager.

Patricio Fontanet, Eduardo Vázquez, Juan Alberto Carbone, Christian Torrejón, Maximiliano Djerfy, Elio Delgado y Daniel Cardel fueron condenados por ser autores penalmente responsables del delito de "incendio culposo seguido de muerte en concurso real con cohecho activo en calidad de partícipes necesarios".

En tanto, el gerenciador de Cromañón, Omar Chabán, su amigo y colaborador Raúl Villarreal y Diego Argañaraz, manager de la banda, recibieron la misma condena.

En tanto, el sucomisario Carlos Díaz fue sentenciado por incendio culposo seguido de muerte en concurso real con cohecho pasivo.

Las ex funcionarias públicas porteñas Fabiana Fiszbin y Ana María Fernández recibieron una condena por considerarlas autoras penalmente responsables de los delitos de "omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con incendio culposo seguido de muerte". En el voto disidente, se pidió la "responsabilidad penal por los daños ocasionados" de los funcionarios porque "tenían elemento para clausurar el local", señaló Fernando Soto, abogado querellante.

Por su parte, el ex empleado Gustavo Torres fue sentenciado como "autor penalmente responsable de los delitos de omisión de los deberes de funcionario público en concurso ideal con incendio culposo seguido de muerte".

No obstante, todas las penas serán fijadas por el Tribunal Oral Criminal N° 24 (TOC24), el que hizo el juicio, aunque una vez impuestas las mismas serán apelables por las partes, por lo que se descuenta que alguno de los 15 imputados vaya a prisión en lo inmediato.

Tras la lectura del fallo, los jueces ordenaron a la Policía que desaloje la entrada de Comodoro Py, repleta de amigos y familiares de las víctimas que se acercaron a escuchar su decisión.