La Justicia condenó a prisión a tres evasores de impuestos

Dos de las sentencias a prisión son de cumplimiento efectivo y llegan hasta los tres años y medio. El tercer condenado tendrá una pena en suspenso

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 NA 162
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Tres evasores fueron condenados a prisión, tras comprobarse que hubo una clara intención de defraudar al fisco

por cifras millonarias, informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).


 

Dos de las sentencias son de cumplimiento efectivo, mientras que el tercer condenado tendrá una pena en suspenso, pero estará obligado a concretar tareas comunitarias.


 

"La condena más reciente corresponde al responsable de la firma Compañía Indarco, Jorge Rodolfo Charo. En este caso, la AFIP se presentó como querellante y

el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 3 de San Martín resolvió condenarlo a la pena de tres años y seis meses de prisión efectiva

al comprobar su participación -como coautor- en el delito de evasión tributaria agravada", indicó el organismo recaudador.


 

Ante la Justicia, la AFIP presentó las pruebas donde se mostraban cabalmente registración y utilización de facturación apócrifa para la confección de declaraciones juradas que no registraban la verdadera situación fiscal de la empresa, tanto en el Impuesto a las Ganancias como en el Impuesto al Valor Agregado. Según estimó la AFIP, "

la defraudación ascendió a la suma de $3.095.122,78 en relación al Impuesto a las Ganancias y $1.931.111,28 en el impuesto al Valor Agregado (IVA)

".


 

En tanto,

el Tribunal Oral Criminal Federal de la ciudad de Córdoba condenó con tres años de prisión efectiva

al contribuyente Daniel Eduardo Re, que se dedicaba a la venta al por mayor de materias primas agrícolas y comisión por la compraventa de cereales.


 

"La sentencia se basó en que el contribuyente presentó declaraciones juradas inexactas,

omitió información relevante

por la apropiación indebida de los impuestos a las Ganancias, al IVA y por registrar retenciones no ingresadas", precisó la AFIP.


 

Las maniobras realizadas por el evasor "se sustentan en la acción consciente del imputado, ya que se comprobó el ánimo de sustraerse a la obligación tributaria de cumplir con ese requisito, hecho que fue corroborado por la inexistencia de facturas y registros de operaciones".


 

En otro fallo,

el Tribunal de Río Cuarto

dictó sentencia por evasión en los impuestos a las Ganancias e IVA

contra un productor rural de la zona de Arias

, al cual se lo encontró responsable del delito de evasión tributaria simple y

se le imputó la pena de tres años de prisión en suspenso

.