El máximo tribunal resolvió que el uso del DNU es "excepcional"

La sentencia de la Corte Suprema de Justicia sostiene que "las facultades para dictar un DNU son admitidas en condiciones de rigurosa excepcionalidad para limitar y no para ampliar el sistema presidencialista"

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 NA 162
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Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que, por lo tanto, su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser "limitado".

"El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto", dijeron los jueces.

La sentencia -con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay y Enrique Petracchi- fue dictada en la causa "Consumidores Argentinos c/ EN ?PEN- Dto. 558/02 ?ley 20.091 s/ amparo ley 16.986", y declaró la inconstitucionalidad del decreto 558/02 del 27 de marzo de 2002 que modificó la Ley 20.091 de entidades de seguros.