Este beneficio se extiende para los impuestos Inmobiliario y Automotor correspondientes al año en curso según se especifica en la resolución Nº 61/08 publicada en www.arba.gov.ar
Las bonificaciones que tienen por objeto alentar el pago de los impuestos en desmedro del incumplimiento tributario, significan un descuento de hasta el 25% para las cuotas del Inmobiliario Rural, y del 10% por el pago del Urbano y Automotor.
Además, para quienes realicen el pago total de las cuotas vigentes está prevista una reducción del 6% del monto.
En el caso de aquellos contribuyentes que no hayan declarado ante ARBA su número de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Clave Única de Identificación Tributaria (CUIL) o la Clave de Identificación (CDI) las bonificaciones serán reducidas hasta en 50 por ciento.
Destaca un comunicado del organismo que encabeza Santiago Montoya que la condición necesaria para acceder a los descuentos es no registrar deuda en los vencimientos de los años no prescriptos, entre el 2003 y 2007 inclusive.