La Corte rechazó una demanda por la contaminación del Río Quinto

El máximo tribunal tomó la decisión tras manifestar que la causa ?no es de la competencia originaria de esta Corte?. La demanda realizada por la Procuración General de la Nación contra la provincia de San Luis entendió que el caso es análogo al litigio por el alarmante estado del Riachuelo

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(DyN) - La Corte Suprema de Justicia rehusó tramitar una demanda promovida contra la provincia de San Luis por la contaminación del Río Quinto -cuyo impacto ambiental se extendería a La Pampa, Córdoba y Buenos Aires-, pese a que la Procuración General de la Nación entendió que el caso es análogo al litigio por el alarmante estado del Riachuelo.

En un fallo unánime, el máximo tribunal sostuvo que la causa "no es de la competencia originaria de esta Corte" y agregó, en disidencia con el procurador Ricardo Bausset, que "son las autoridades judiciales locales las que" deben intervenir en el pleito iniciado contra el Estado puntano por la "Asociación Civil para la Defensa y Promoción del Cuidado del Medio Ambiente y Calidad de Vida".

La sentencia, difundida ayer, fue firmada el 4 de julio pasado por el presidente de la Corte, Enrique Petracchi, la vice Elena Highton de Nolasco y los ministros Carlos Fayt, Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay.

Según la asociación demandante, hay en la ciudad puntana de Villa Mercedes un vaciadero de residuos industriales, domiciliarios y patogénicos que se acumulan sin tratamiento previo, contaminando el aire y principalmente las aguas subterráneas y superficiales y el Río Quinto, cuyo curso se extiende a la La Pampa, Córdoba y Buenos Aires.

Para el procurador Bausset, por haber sido demandada "una provincia, en una causa de manifiesto contenido federal", la Corte debería tramitar la acción de amparo interpuesta por la entidad ambientla, tal como ocurrió en la causa promovida contra los Estados Nacional, bonaerense y porteño por "los daños derivados de la contaminación del río Matanza-Riachuelo".

"Cualquiera sea la vecindad o nacionalidad de la actora, el proceso corresponde a la competencia originaria de la Corte", insistió sin éxito el procurador.

La Corte, en cambio, se desentendió de la demanda en base a su "respeto de las autonomías provinciales" y dijo que el asunto debe reservarse a los jueces provinciales, por tratarse de un problema local.

Además, el tribunal señaló que "no se encuentra acreditado, con el grado de verosimilitud suficiente (...) que la situación generada provoque efectivamente degradación o contaminación en recursos ambientales interjurisdiccionales", es decir de varias provincias, ya que "no se ha aportado ningún estudio ambiental".

La Corte, en cambio, dio luz verde el mes pasado a una acción de amparo interpuestos por vecinos de la Cuenca Matanza-Riachuelo y emplazó al gobierno de Néstor Kirchner, al de Felipe Solá, a la administración de Jorge Telermann y a 42 empresas que volcarían desechos industriales en el río a presentar un informe y un programa de saneamiento