El impulso que cobró en los últimos meses el turismo de ultramar, con cruceros que llegan y parten desde diversos puertos del país, será una de las fuentes que financiará el funcionamiento del nuevo Instituto de Promoción Turística, a partir del cobro de una tasa del 5 por ciento sobre los pasajes marítimos al exterior.
A partir del próximo año, cuando entre efectivamente en vigencia, el impuesto impactará sobre al menos 170.000 argentinos, quienes habitualmente viajan en temporada al exterior, con un precio de alrededor de 3.000 dólares en el caso de cruceros a Europa.
La medida, tomada por la Secretaría de Turismo a través de la Resolución 144/2006, prevé las "normas para la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre los pasajes marítimos al exterior".
"Con esta medida se busca equilibrar la salida de argentinos al exterior con ingreso de turistas, mediante la promoción activa de nuestro país", explicó a Télam una alta fuente de la Secretaría de Turismo.
El cálculo del impuesto se aplicará sobre el valor total del servicio de transporte de cruceros, según la temporada, clase y destino vigente a la fecha de salida, deducidos los impuestos, tasas y contribuciones, todas ellas de carácter tributario.
La idea -explicó la fuente- no es alcanzar al transporte de bajo porte, los cuales realizan viajes dentro de la zona limítrofe, sino a cruceros y grandes embarcaciones.
"En realidad, el impuesto marítimo apunta a los cruceros de lujo que se embarcan generalmente a Brasil y/o Chile, mientras que los fluviales son básicamente para los viajes a la costa uruguaya", acotó el vocero.
Según la Secretaría, si bien se espera un buen flujo de fondos producto del sostenido incremento en la venta de pasajes marítimos, la inclusión de estos en el impuesto obedece a lo establecido por la Ley 25.997 de Turismo, que en su artículo 24 aglutina a los boletos aéreos, marítimos y fluviales para que sean gravados con el cinco por ciento.
Durante la actual temporada, que finaliza en abril próximo, ya existen contratados 169.635 viajes desde la Argentina a Uruguay, Brasil, Chile y otros destinos.
Dado que la actividad tiene un rezago de hasta dos años entre la venta y la realización del paquete turístico, la medida se pondrá en marcha a partir de la temporada que viene, figurando el gravamen en la facturación respectiva bajo el código AR.
Por esta razón, los sujetos alcanzados por el impuesto deberán informar al organismo de aplicación la programación de sus viajes con una antelación no menor a 30 días de la fecha de salida, donde se deberá incluir el nombre del buque, día, hora y lugar de salida y destino del mismo.
"A todos los efectos de la obligación tributaria, se considerará fecha de percepción, la del cobro del servicio de transporte o de los adicionales por modificación de itinerario, o clase o la del embarque del pasajero, según lo que ocurra primero", determina el artículo 4 de dicha resolución.
Asimismo, los agentes de percepción liquidarán y depositarán mensualmente los montos del impuesto a la Secretaría de Turismo, mediante una declaración jurada.
"Estos fondos representan el 40 por ciento del flujo necesario para la puesta en marcha del Instituto de Promoción Turística que impulsa la Secretaría de Turismo", sostuvo la fuente.