El Citibank deberá devolver con ajuste por inflación un préstamo en dólares que solicitó al BICE antes del default y la devaluación y por el cual pretendía reconocer solamente $1,40 por cada unidad de la moneda norteamericana
El monto a pagar asciende a 17 millones de pesos por una deuda que había sido contraída en dólares y pesificada a $1,40 tras la devaluación.
El argumento del Citibank para no reconocer en la devolución del préstamo el ajuste por inflación es que, según la ley, este tipo de operaciones entre bancos -llamados ?préstamos interfinancieros?- no se encontraban alcanzados por el coeficiente de estabilización de referencia, según el decreto 410/02.
Este decreto estableció que ?los préstamos interfinancieros en moneda extranjera vigentes al 3 de febrero de 2002 se convertirán a pesos a razón de $1,40 por cada dólar o su equivalente en otras monedas?, sin mencionar ajuste alguno.
Sin embargo, la cámara comercial condenó al Citibank a devolver al estatal Banco de Inversión y Comercio Exterior el crédito pesificado a $1,40 pero con el ajuste por inflación.
?Se trata de un leading case, ya que el único antecedente de este tipo era un fallo también a favor del BICE contra el Banco Almafuerte, en proceso de liquidación, pero ésta es la primera decisión de la Justicia por un conflicto entre dos bancos que están funcionando normalmente?, dijo a Infobae Joel Romero, socio del estudio Llerena & Asociados, que representó al BICE en esta causa.
Pasos. El caso fue resuelto el 27 de junio último por la Sala B de la Cámara Comercial, que confirmó el fallo de primera instancia del juez Atilio Carlos González, por el que se había resuelto que ?no se advierte que existan normas que impidan la aplicación del coeficiente de estabilización de referencia que estableció el decreto 214/02 y que fuera requerido por la actora como parte integrante de su pretensión por tratarse de una deuda en dólares pesificada?.
El magistrado hizo lugar al planteo del BICE, rechazó el argumento de ?inhabilidad de título? alegado y ordenó continuar con la ejecución contra el Citibank, ordenando que pague el capital reclamado más los intereses. Ahora la suma asciende a $17,8 millones.
Cámara. La cámara señaló a su vez que ?no es razonable la alegación? del Citi sobre la ?inaplicabilidad del CER?.
El argumento de los jueces de segunda instancia apuntó al hecho de que el decreto 214/02 estableció el ajuste por CER para los créditos pesificados 1 a 1.
Luego vino el decreto 410/02, que estableció la pesificación $1,40 de los créditos interfinancieros, aunque esta norma no expresó nada sobre el ajuste por inflación o CER.
?Sin embargo, la Justicia entendió que la primera norma era lo suficientemente abarcativa de manera que las operaciones entre bancos también quedaron comprendidas por este ajuste?, explicó el abogado Romero.
Así lo sostiene el fallo, donde se indica que ?si bien es cierto que la particular conversión que estableció esa norma no previó expresamente la aplicación del CER, también lo es que la generalizada aplicación del coeficiente (decreto 214/02); pues esa regla refiere a todas las obligaciones que hubiesen sido contraídas en moneda extranjera (art. 4º)?.
Para los camaristas, esa interpretación aparece reforzada por la ley 25.713 -que es la norma que más exhaustivamente ha tratado la temática- en cuanto reafirma la generalizada aplicación del coeficiente (artículos 2º, 3º y 5º), entre los cuales no se encuentran los préstamos interfinancieros.
La Sala E de la Cámara Comercial ya había resuelto un caso similar en el 2003 en el expediente ?Banco Almafuerte Coop. Ltda. s/ incidente de verificación de crédito por BICE?; esta sentencia es la primera que se emite en un caso entre dos bancos en funcionamiento, ya que el banco Almafuerte se encontraba en liquidación durante la tramitación del litigio.
En tanto, ?los otros pleitos originados en la pesificación de préstamos interfinancieros fueron arreglados extrajudicialmente?, señalaron desde Llerena & Asociados Abogados, estudio que representó al BICE en este juicio
María Bourdin
mbourdin@infobae.com
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