
El Juzgado de Instrucción Número 1 el sancionó con medio año de prisión a un sujeto que residía en el municipio de Ingenia, además de prohibirle el tener animales como mascota por el plazo de 32 meses, a raíz del maltrato animal que ejerció sobre su perro de raza caniche al filo de las seis de la tarde el último día del año 2019.
El nombre del animal de compañía que el sujeto asesinó a punta de patadas se llamaba “Blanquita” y tenía ya ocho años, además de pesar 3.7 kilos. Al hombre tampoco se le permitirá el desempeñar cualquier oficio que se relacione con el contacto con animales. Sin embargo, el detenido, podrá gozar de libertad, es decir, de no ir a prisión con la condición de que no vuelva a cometer ningún delito en los siguientes dos años.
En materia de maltrato animal, en Argentina el dictamen para una nueva ley llevó meses de debate, mismo que se concentró en una propuesta de más de 20 proyectos que llegaron a las Comisiones de Legislación General y Penal. Fue el Plenario de las Comisiones de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, que aprobó el dictamen que buscaba modificar la Ley 14.346 de maltrato animal, con el objetivo de actualizar el estatuto entonces vigente y desarrollar legislaciones en materia de protección de los derechos de los animales.
A raíz de las continuas noticias sobre agresión a mascotas, en febrero de 2017 se realizaron dos marchas para pedir justicia por un animal de compañía llamada “Bunky”, de la que el juicio del agresor estaba tardando en darse al no definirse la fecha. La mascota fue agredida por un vecino de su dueña, quien lo encontró herido de la cabeza y con varios machetazos en su cuerpo, razón por la que el perro tuvo que ser sacrificado.

Fue en septiembre de 2019 que se logró el dictamen para modificar la Ley de Maltrato Animal gracias a las Comisiones de Legislación General y de Legislación Penal de la Cámara de Diputados, que propuso el aumento de las penas para los responsables de agresión.
Dicha ley es conocida como “Ley 14.346”, la cual conforme al Sistema Argentino de Información Jurídica, se conoce como “Ley Sarmiento” (malos tratos y actos de crueldad a los animales), en realidad, precursora de la normatividad vigente, así como un gran hito en la historia del derecho al ser pionera desde 1954. A pesar de la movilización ciudadana en relación al tema de maltrato, la aprobación del dictamen de modificación a dicha ley al parecer sólo se quedó en eso pues el proyecto espera su tratamiento en el Congreso.
Sin embargo, el portal de trámites y servicios https://www.argentina.gob.ar promueve la justicia en relación a los animales maltratados, señalando en su página que ante actos de crueldad o de maltrato se denuncie, pues es motivo de prisión al ser un delito. Son las penas las que la ciudadanía parece querer aumentar.
Por ello, la página ilustra todo lo que se tiene que saber en torno a lo que es el maltrato animal, que incluye: no alimentarlo en la cantidad ni en la calidad adecuada; que se le haga trabajar durante muchas horas sin darle descanso; el obligarlo a trabajar sin estar en condiciones de hacerlo; golpearlo con instrumentos que le causen dolor, como un látigo; que se le obligue a tirar de carros que sobrepasan sus fuerzas y que se le estimule con drogas o con fines terapeúticos.

Por otro lado, la página de trámites y servicios señala como crueles los siguientes actos: mutilación, operación sin anestesia, abandonarlos tras hacerles experimentos, lastimarlos o arrollarlos intencionalmente, torturarlos o causarles sufrimiento innecesario y matarlos sólo por perversidad. De ello se excluye el “ponerlos a dormir” por motivos de salud.
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