La ANMAT prohibió la comercialización de un aceite de oliva

La medida se publicó este miércoles en el Boletín Oficial

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de oliva.

A través de la disposición 5128/2018, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, la ANMAT informó que levantó la venta del producto cuyo rótulo luce: "Aceite de oliva extra virgen", marca Finca San Agustin, elaborado por San Agustín (Mendoza), env: Año 2017, Vto: Año 2019, RNE N° 02040963, RNPA N° 02167021″, así como de todo alimento del RNE citado.

"El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155 y 535 del CAA por no cumplir con las especificaciones en lo que respecta al perfil de ácidos grasos por corresponder a una mezcla de aceites vegetales resultando un alimento adulterado y por consignar en el rótulo registros de autorizaciones de establecimiento y de producto inexistentes resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal", señaló el organismo en los considerandos de la medida.

Y completó: "Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″.