
Más coopac aprenden a afrontar los riesgos. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) continúa fortaleciendo las capacidades de las Cooperativas de Ahorro y Crédito (Coopac).
¿Cuál es el objetivo? Es capacitarlas para que tengan una adecuada gestión de sus riesgos, los cuales, si no son bien manejados podrían llevarlas a la quiebra. En ese marco, el 20 de agosto de 2026 realizó una jornada de capacitación dirigida a gerentes y directivos de estas entidades en la región de Ayacucho.
Este taller, desarrollado en la Cámara de Comercio de Ayacucho como parte del Ciclo de Capacitaciones SACOOP-SBS 2026, brindó herramientas para mejorar la toma de decisiones y fortalecer la gestión de los principales riesgos que enfrentan las Coopac.
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Capacitan a las coopac Ayacucho
Durante la jornada, la Superintendencia Adjunta de Cooperativas (SACOOP) abordó aspectos asociados al planeamiento estratégico, explicó el acceso brindado a las Coopac a la Central de Riesgos Web y desarrolló talleres prácticos sobre la gestión del riesgo de sobreendeudamiento y la gestión del riesgo de liquidez.
Estos espacios permiten un intercambio de conocimientos dinámico entre los funcionarios de esta Superintendencia y los representantes de las Coopac, quienes, a su vez, pueden aplicar herramientas orientadas a identificar oportunamente situaciones de riesgo que contribuyan a la adopción de medidas de gestión orientadas a la sostenibilidad y solidez de sus entidades.
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Por su parte, el superintendente adjunto de cooperativas, Mario Zambrano, señaló que, como parte del acompañamiento al Sistema, la SBS continuará promoviendo la capacitación y asistencia técnica a las Coopac. Estas acciones buscan contribuir a que las entidades fortalezcan su gestión en beneficio de sus socios.

El ciclo contempla actividades dirigidas a socios, gerentes y directivos de las Coopac en distintas regiones del país, procurando contenidos con enfoque y desarrollo diferenciados según participantes, relacionados con la gestión, supervisión y prevención de riesgos, así como con el funcionamiento del sistema y el rol de esta Superintendencia.
El objetivo es fortalecer las capacidades de todos los actores involucrados a fin de velar por la protección de los socios y el desarrollo sostenible del sistema cooperativo.
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SBS modificó normativa aplicable a las Coopac
Con el objetivo de velar por el desarrollo sostenible y prudente de las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) – en el marco de su competencia – modificó diversas disposiciones del Reglamento General y del Manual de Contabilidad de las Coopac.
La modificación normativa, aprobada mediante Resolución N° 01873-2026, se orienta a reforzar la solidez patrimonial de las Coopac y afianzar su proceso de adecuación progresiva a determinados requerimientos regulatorios, considerando la heterogeneidad de sus modelos de negocio, su ubicación geográfica y el rol que desempeñan en la inclusión financiera; ello, a fin de continuar optimizando su proceso de adecuación a estándares necesarios para velar por la estabilidad y crecimiento sostenible del sistema Coopac.
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Entre los principales aspectos de la Resolución, publicada hoy en el Diario Oficial, destaca la modificación de determinados límites prudenciales aplicables a las Coopac, a fin de permitir el reconocimiento del valor de los activos de acuerdo con las condiciones de mercado y que los indicadores de solvencia representen adecuadamente su situación patrimonial.
De igual modo, se ajusta el cronograma gradual de constitución de provisiones requeridas, precisando el plazo para la adecuación de las Coopac a los requerimientos regulatorios. Esta dosificación de la constitución de provisiones, en un periodo más amplio, tiene un impacto positivo en la gestión de las Coopac, porque favorece el entorno para un crecimiento prudente del otorgamiento de créditos a sus socios.
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Asimismo, se establece que los aportes de los socios no podrán ser utilizados para garantizar sus operaciones crediticias y/o para compensar sus obligaciones, considerando que estos recursos forman parte del capital de las Coopac y son relevantes para preservar su solvencia. Cabe resaltar que esta modificación no constituye un limitante para la aplicación de los efectos asociados a la liquidación de las cuentas de aportes de los socios ante la cancelación de su inscripción, cuando corresponda.
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