La Secretaría Técnica para la devolución de aportes al Fonavi, el extinto fondo de vivienda del Estado al que aportaron miles de trabajadores en la década de los 80 y 90, ha anunciado que los familiares de los aportantes fallecidos ya pueden revisar si les toca cobrar el monto de dinero del Reintegro 5, ya pagado en mayo a los fonavistas vivos. Podrán hacerlo por este link o enlace: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/.
“Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Quinto Grupo de Reintegro (mayo 2026)“ y otros grupos de pago, resalta la Secretaría Técnica del Fonavi en su página web oficial.
Dentro de esta web se podrá revisar el estado del pago del Reintegro 5 para los herederos que hayan realizado su trámite para acreditarse como tales. Si han sido autorizados para cobrar, podrán ver el texto “aprobado” al consultar con el DNI del fonavista titular en el portal.
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Devolución para herederos
La Secretaría Técnica ha informado que ya se encuentra disponible la consulta para del pago del Reintegro 5 para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación.
Pero se debe tomar en cuenta que esta consulta también aplica para estos grupos del padrón de beneficiarios:
- Vigésimo Segundo Grupo de Pago (diciembre 2025)
- Cuarto Grupo de Reintegro (agosto 2025)
- Tercer Grupo de Reintegro (abril 2025)
- Vigésimo Primer Grupo de Pago (diciembre 2024)
- Segundo Grupo de Reintegro (agosto 2024)
- Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024)
- Vigésimo Grupo de Pago (diciembre 2023).
Recuerda que para hacer la consulta, solo deberán ingresar el número del documento de identidad del titular en el siguiente link: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/.
Herederos deben esperar plazo
La Secretaría Técnica también recuerda que la publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por cuarenta y cinco (45) días calendarios, plazo en el cual si hubiera oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho como heredero, deberá presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición.
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Es decir, si has realizado tu acreditación como heredero, deberás esperar este plazo para que algún otro heredero posible pueda reclamara la devolución.
Pero una vez finalizado el plazo y siempre que no se haya presentado oposición al trámite presentado, se procederá con la generación de la orden de pago correspondiente a favor del deudo o deudos.
Para dicho efecto, realice estos pasos:
- ingrese al siguiente link oficial de la Secretaría Técnica: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/
- Coloque los datos de su familiar, como el DNI, y complete el CAPTCHA
- Consulte si el estado del trámite se encuentre “APROBADO” para poder acercarse al Banco de la Nación a realizar el respectivo cobro.
Luego, finalizado el periodo de presentación de la oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.
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