El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó el Decreto Supremo N° 013-2026-MTC, que modifica el Reglamento de la Placa Única Nacional de Rodaje. La norma responde a las obligaciones dispuestas en el Decreto Legislativo N° 1717 y busca reforzar la seguridad en la identificación vehicular, en un contexto de delitos vinculados a la clonación y uso irregular de placas.
Oficialización de procedimientos que ya se aplicaban
Según explicó a Infobae Perú Yushara Sacsa, especialista legal de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial del MTC, gran parte de las medidas ya se venían aplicando en la práctica, pero el nuevo decreto las detalla y oficializa.
“Lo que hemos hecho es legalizar y poner como obligación tal cual lo que ya se estaba haciendo a nivel directiva”, indicó Sacsa. A partir de ahora, estos procedimientos quedan recogidos en el reglamento con fuerza de norma.
PUBLICIDAD
Duplicados de placas: peritaje policial obligatorio
La emisión de duplicados de placas solo será posible en casos de robo, pérdida, deterioro o destrucción. El titular deberá presentar una denuncia policial que acredite que el vehículo pasó por peritaje en dependencias especializadas de la Policía Nacional.
Sacsa precisó: “La denuncia policial tiene que tener la constancia de que ese vehículo pasó por peritaje. Es decir, que la policía verificó que tú eres el propietario y que no hay falsificación de documentos”. Esta exigencia busca cerrar la puerta a solicitudes fraudulentas y suplantación de identidad vehicular.
Caducidad automática tras siniestro total y rol de las aseguradoras
El decreto dispone que la Placa Única Nacional de Rodaje caducará automáticamente ante el siniestro total del vehículo. Si la propiedad pasa a una aseguradora como parte de una indemnización, esta tendrá 48 horas para solicitar la cancelación registral ante SUNARP, que deberá completar el trámite en 72 horas.
PUBLICIDAD
“Esta es una medida para aquellos vehículos asegurados principalmente”, explicó Sacsa. El procedimiento exige la presentación del informe policial u otra documentación que acredite el siniestro total.
El MTC remarca que esta disposición busca impedir que vehículos destruidos retornen al circuito legal, una práctica que ha facilitado fraudes automotores y comercio ilegal de autopartes.
Entrega de la placa anterior y otros requisitos
El reglamento mantiene la obligación de entregar la placa anterior al solicitar un duplicado, excepto en casos de robo, pérdida o destrucción, situaciones en las que no corresponde exigir la devolución.
PUBLICIDAD
Para cambios de servicio vehicular, como pasar de particular a ambulancia o unidad de bomberos, se requerirán certificaciones emitidas por las autoridades competentes.
“La entrega de la placa siempre ha sido obligatoria, salvo en los supuestos en los que no hay nada que devolver”, puntualizó Sacsa.
Vigencia condicionada y próximos pasos
El Decreto Supremo N° 013-2026-MTC fue publicado el 10 de junio, pero su entrada en vigencia depende de la publicación de un decreto supremo a cargo del Ministerio del Interior (Mininter), que aún está pendiente. Ambos reglamentos deben implementarse de forma conjunta para que las nuevas disposiciones se apliquen.
PUBLICIDAD
El MTC evalúa constantemente la actualización normativa y mantiene suspendida la disposición sobre placas con chip, a la espera de futuras directivas. Todas estas medidas, según la especialista, apuntan a fortalecer el sistema de identificación vehicular y reducir los riesgos de delitos asociados.