El 3 de marzo inicia el juicio contra Fernando Rospigliosi por difamación a Delia Espinoza

Al banquillo de los acusados. Corte Suprema programó el inicio del juzgamiento al presidente encargado del Congreso, cuya candidatura al Senado se caería si es condenado en primera instancia

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Exfiscal de la Nación inició
Exfiscal de la Nación inició la querella porque la llamó "aliada del terrorismo" sin pruebas. Foto: composición/Congreso

El Poder Judicial programó para el martes 3 de marzo a las 2:00 de la tarde el inicio del juicio oral contra el presidente encargado del Congreso, el fujimorista Fernando Rospigliosi, por presunta difamación en agravio de la exfiscal de la Nación Delia Espinoza.

Según la resolución del Juzgado Unipersonal de la Corte Suprema a la que accedió Infobae, será una audiencia virtual a la que Rospigliosi deberá conectarse obligatoriamente, sino será declarado reo contumaz y se oficiará a la Policía Nacional del Perú para que sea conducido a la fuerza al juicio oral.

Asimismo, el Juzgado impone comparecencia simple al presidente encargado del Parlamento y cita a su abogado Humberto Abanto para el comienzo del juzgamiento. Si este último no se presenta, será excluido y reemplazado por un defensor público.

Finalmente, se le hace la advertencia a Delia Espinoza de que, si no se conecta a la audiencia del 3 de marzo, se archivará la querella por difamación agravada contra Fernando Rospigliosi.

PJ programa inicio del juicio
PJ programa inicio del juicio contra Fernando Rospigliosi por presunta difamación en agravio de Delia Espinoza.

Espinoza exige que el congresista fujimorista sea condenado a 2 años y 4 meses de prisión por llamarla “aliada del terrorismo y de las economías ilegales” sin prueba alguna. También pide una reparación civil de un millón de soles, monto que donaría en su totalidad al Hospital de Neoplásicas.

Candidatura de Rospigliosi en suspenso

Una eventual condena por difamación sobre Fernando Rospigliosi acabaría con sus aspiraciones al Senado, aunque esta sea de primera instancia.

El artículo 34-A de la Constitución establece que “están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”.

Así, si el Juzgado Unipersonal Supremo determina que efectivamente Rospigliosi difamó a Delia Espinoza e impone una condena, el fujimorista estaría impedido de postular.

Ese es el caso, por ejemplo, de la parlamentaria Ana Zegarra, quien fue excluida de la contienda electoral por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por tener una sentencia vigente por el delito de falsa declaración en procedimiento administrativo. Zegarra alegó que dicho fallo no era firme porque estaba pendiente de resolverse la casación en la Corte Suprema; sin embargo, el JNE rechazó este argumento y aplicó la restricción del artículo 34-A de la carta magna.

El caso

La querella se fundamenta en un mensaje publicado por Rospigliosi en la red social X el 7 de julio de 2025. El congresista vinculó a Espinoza con el terrorismo tras haber mantenido reuniones con familiares de las víctimas de las protestas de diciembre de 2022 y el inicio de 2023: “La aliada del terrorismo y de las economías ilegales, Delia Espinoza, se ufana de la ilegal persecución contra policías y militares que impidieron que hordas violentas repusieran en el gobierno al golpista Pedro Castillo, que pretendía implantar una dictadura comunista. Esa persecución debe terminar y los delincuentes y sus aliados ir a prisión”.

El 10 de julio de 2025, la exfiscal remitió una carta notarial a Rospigliosi solicitando una rectificación en un plazo de 24 horas. Ante la falta de respuesta, el congresista reiteró sus afirmaciones y sostuvo: “Esa es mi opinión, ese es mi análisis, lo ha sido desde hace mucho tiempo y lo reitero ahora. No tengo por qué retractarme, por supuesto”.