
El doctor Pablo Sánchez presentó el recurso de reconsideración contra la decisión de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) de no ratificarlo como fiscal supremo del Ministerio Público.
Infobae accedió a las 16 páginas del recurso donde Sánchez Velarde cuestiona que la JNJ “vuelve a valorar los hechos, analiza los descargos y realiza un nuevo juicio de reproche” de procesos disciplinarios ya fenecidos. Estos fueron la percepción de 3 ingresos y el supuesto uso del cargo de fiscal de la Nación para que su hijo sea contratado en el JNE.
“En función de ello, arriba a conclusiones distintas sobre su gravedad y lesividad, determinando que corresponde imponer una sanción diferente y más gravosa por los mismos hechos, a saber, la separación, destitución o no ratificación”, se lee en el documento.
Sánchez sostiene que la revaloración de hechos investigados en procesos disciplinarios ya fenecidos vulnera el principio de ne bis in idem.

La triple percepción
Pablo Sánchez recuerda que la anterior JNJ ya tomó una decisión sobre la supuesta triple percepción: sueldo como fiscal supremo, remuneración como profesor universitario y dieta como consejero de la Academia de la Magistratura.
La sanción que se le impuso fue 120 días de suspensión, sanción que fue impugnada en un proceso de amparo pendiente de sentencia.
“En cambio, ahora, reevaluando los mismos hechos, arriba a la conclusión que lo que corresponde es la destitución o no ratificación”, cuestiona Sánchez.

El supuesto favorecimiento
La invocación del supuesto favorecimiento a su hijo es lo más escandaloso que hace la JNJ para no ratificar a Pablo Sánchez.
Y es que, si bien la anterior JNJ inició un proceso disciplinario y el consejero instructor propuso la destitución, el caso fue declarado prescrito por el paso del tiempo, es decir, no hubo sanción impuesta ni se determinó si Sánchez incurrió en alguna falta disciplinaria.

Sin embargo, la actual JNJ rescata el informe de instrucción para justificar el cese de Pablo Sánchez “sin cumplir con indicar con precisión qué hechos fueron probados y qué argumentos de defensa fueron descartados”.
“Dando valor a lo opinado sólo por uno de los miembros de la anterior JNJ; pues no se indica en que consistiría la ilicitud del acto de contratación y cuales habrían sido las acciones concretas o comportamientos realizados por el suscrito, ante el JNE, para impulsar o favorecer la contratación de un familiar en dicha entidad”, se lee.
Pablo Sánchez también consigna que se abrió investigación fiscal contra ambos, padre e hijo, pero se archivó al no haber elementos para continuar con el caso.
“No se determinó la materialidad de las imputaciones formuladas, pese a lo cual, la JNJ desconociendo la función y la decisión del titular de la acción penal construye su razonamiento para atribuirme responsabilidad en ello, desconociendo las decisiones fiscales aludidas”, protesta.

La llamada al exfiscal Rurush
Otro punto que aborda Pablo Sánchez es la llamada de Gustavo Gorriti y el exfiscal provisional Rodrigo Rurush, en el marco del inicio del escándalo de los audios de Los Cuellos Blancos del Puerto.
Para empezar, Sánchez cuestiona que se valore esta situación a pesar de que nunca se inició un procedimiento disciplinario al respecto.
Asimismo, considera que la JNJ no toma en cuenta el contexto “en el cual existía un riesgo real de que los involucrados (jueces, fiscales, miembros del CNM) intentaran, de algún modo, acceder a información para obstaculizar o perjudicar la investigación”.

Pablo Sánchez dice que el “tiempo le dio la razón” porque durante el avance de la investigación “se pudo advertir que la fiscal provincial Norah Córdova, quien había dispuesto que el fiscal adjunto provincial Rurush realizara la diligencia, tenía como cónyuge al abogado César Serrano, quien aparece en conversaciones telefónicas con el investigado César Hinostroza Pariachi”.
“Incluso, en algunas de dichas conversaciones se hacía referencia indirecta a una investigación que la fiscal Córdova tenía a su cargo y que presuntamente era de interés de Hinostroza. Es decir, se corroboró la sospecha respecto de la existencia de un interés subyacente en el desarrollo de estos hechos”, se lee.
Sánchez discrepa que en la resolución de no ratificación se ha consignado que identificó que Gustavo Gorriti lo llamó porque era “una persona con quien se relaciona en forma recurrente”, lo que considera que es una especulación ya que no se adjunta una prueba que lo acredite.
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