Padres que no paguen pensión de alimentos no pueden ser impedidos de visitar a sus hijos: ¿en qué casos se restringen?

Especialistas advierten que impedir el contacto entre padres e hijos vulnera el principio del interés superior del niño y puede afectar su desarrollo emocional y psicológico

Padres con deuda alimentaria mantienen el derecho de visita a sus hijos. (Foto composición: infobae Perú/Agencia Andina)

La legislación peruana establece que el incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos no constituye un motivo legal para impedir que un padre o madre vea a sus hijos. Así lo señaló Talía Zúñiga, defensora pública de Lima Centro, en declaraciones a RPP, al precisar que el régimen de visitas y la obligación alimentaria son derechos y deberes independientes dentro del marco normativo vigente.

La especialista explicó que, conforme a la Constitución Política del Perú y al Código de los Niños y Adolescentes, el vínculo entre padres e hijos no puede verse afectado por conflictos económicos entre los adultos. En ese sentido, advirtió que el progenitor que ejerce la tenencia no está facultado para restringir las visitas como una forma de presión o castigo frente a la falta de pago de la pensión de alimentos.

La cifra de deudores alimentarios ha ido creciendo en los últimos años en el Redam. - Crédito: Andina

Visitas y pensión son independientes

Zúñiga remarcó que el derecho de visitas busca garantizar el contacto permanente del menor con ambos padres, ya que este resulta fundamental para su desarrollo integral. Impedir dicho contacto por razones ajenas al bienestar del niño, niña o adolescente constituye una vulneración de sus derechos fundamentales.

Read more!

La defensora pública subrayó que el interés superior del niño debe prevalecer sobre cualquier disputa entre los progenitores. Limitar el vínculo con uno de ellos puede generar afectaciones emocionales, afectivas y psicológicas en los menores, independientemente de los problemas legales o económicos existentes entre los padres.

Progenitor que impida injustificadamente que el menor vea a su otro padre o madre podrán afrontar severas sanciones. | Andina

Deudas por pensión de alimentos

Zúñiga recordó que el ordenamiento jurídico peruano contempla mecanismos específicos para enfrentar el incumplimiento de la pensión de alimentos. Entre ellos se encuentran los procesos judiciales de ejecución, así como la inscripción del deudor en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), que permite aplicar medidas coercitivas sin afectar los derechos de los hijos.

Estas herramientas buscan garantizar el cumplimiento de la obligación alimentaria sin recurrir a prácticas que perjudiquen directamente a los menores. La especialista enfatizó que utilizar a los hijos como medio de presión vulnera el marco legal y contradice los principios de protección integral de la infancia.

Foto de Andina.

¿Cuándo se restringen las visitas?

Finalmente, la defensora pública precisó que la única situación en la que puede restringirse legalmente el derecho de un progenitor a ver a un menor es cuando existe acreditación de violencia física o sexual contra el niño, niña o adolescente. Esta restricción debe estar debidamente sustentada y ser evaluada por la autoridad competente.

Fuera de estos casos excepcionales, Talía Zúñiga reiteró que ningún conflicto entre los padres, incluido el incumplimiento de la pensión de alimentos, justifica la suspensión del vínculo familiar. En ese sentido, la prioridad del sistema legal es la protección del bienestar y los derechos de los menores por encima de las disputas entre adultos.

Si no cumples con la pensión ordenada por el juez, puedes ser condenado hasta con tres años de pena privativa de libertad. (Foto: Andina)

Deudores de pensión alimenticia aumentaron

El Poder Judicial informó que el Perú ha alcanzado un récord histórico en el número de personas inscritas como deudores alimentarios morosos, es decir, quienes incumplen con el pago de pensiones de alimentos fijadas por mandato judicial. De acuerdo con cifras del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), al cierre del año 2025 se contabilizan más de 8 mil personas incluidas en esta lista, lo que representa un incremento aproximado de 1 900 % en comparación con el año 2021, cuando solo se registraban 421 deudores.

Según reportó Canal N, el Poder Judicial remite de manera mensual la relación actualizada de deudores a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), así como a centrales privadas de riesgo, con el objetivo de que entidades financieras y empleadores puedan identificar a las personas que mantienen deudas por pensiones alimentarias. La exclusión del REDAM solo es posible cuando el deudor cancela la totalidad de la deuda o autoriza el descuento automático por planilla, mecanismo que permite regularizar su situación y restituir los derechos y accesos restringidos por la inscripción en el registro.

Read more!