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José Jerí designó como viceministro del MTC a involucrado en perjuicio por más de USD 10 millones al Estado

Raúl García Loli fue nombrado como viceministro de Comunicaciones el pasado 30 de octubre, pese a informe de la Contraloría que identificó presunta responsabilidad civil en su contra

El Gobierno de José Jerí designó como viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a Raúl García Loli, pese a que la Contraloría General de la República alertó de su presunta implicancia en un perjuicio económico al Estado superior a los 10 millones de dólares. Pesquisas están relacionadas con hechos ocurridos en 2019, cuando García Loli se desempeñaba como director ejecutivo del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel) durante el gobierno de Martín Vizcarra.

El informe de auditoría de cumplimiento N.° 023-2025-2-6403-AC, elaborado por la Contraloría, documenta que la administración encabezada por el funcionario resolvió un contrato de financiamiento “de manera indebida”, lo que derivó en que Pronatel resultara obligado a indemnizar a la empresa Redes Andinas tras un laudo arbitral emitido por la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional. El laudo, fechado en agosto de 2022, ordenó el pago de US$ 10.028.467 por concepto de lucro cesante.

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Contraloría

El contrato objeto de disputa tenía un valor de más de US$ 98,5 millones y estaba destinado a facilitar la conectividad de alta velocidad en zonas rurales de Piura y Tumbes. La paralización de los proyectos afecta en la actualidad a 422 comunidades rurales, 428 locales escolares públicos, 254 establecimientos de salud y 35 comisarías, quienes continúan sin acceso a servicios de internet de banda ancha, conforme verificó la Contraloría.

El caso

Pronatel, entidad adscrita directamente al Viceministerio de Comunicaciones, fue dirigida por García Loli entre marzo y noviembre de 2019, periodo bajo la administración del entonces ministro Edmer Trujillo, funcionario del entorno de confianza del expresidente Vizcarra.

Durante su cargo, la entidad aprobó seis ampliaciones de plazo relacionadas con dificultades para adquirir predios necesarios para el despliegue de la infraestructura requerida. Dichos obstáculos habían sido reconocidos por Pronatel como ajenos a la voluntad de la empresa contratista, una postura respaldada por el área de Asesoría Legal del propio programa. No obstante, cuando la empresa solicitó una séptima ampliación debido a la persistencia de estas dificultades, el pedido fue denegado y el contrato quedó resuelto.

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La decisión, sostenida durante la gestión de García Loli como director ejecutivo, resultó en la apertura de un proceso de arbitraje. Pronatel, finalmente, debió acatar el laudo arbitral y abonar la indemnización entre octubre de 2024 y enero de 2025.

Informe de la Contraloría.

“El incumplimiento de funciones del señor Raúl Marco García Loli durante el periodo que ocupó el cargo determinó a que la entidad sea condenada a indemnizar al contratista. [...] Los hechos anteriormente expuestos configuran presunta responsabilidad por el perjuicio económico causado al Estado, que no puede ser recuperado por la vía administrativa, dando mérito al inicio de las acciones legales a cargo de las instancias competentes”, se lee en la página 76 del informe referenciado.

Recomendaciones de la Contraloría

El caso motivó a que la Contraloría General de la República recomiende al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), revisar y actualizar la directiva relativa a la evaluación de solicitudes de ampliación de plazo en los contratos de financiamiento de proyectos regionales.

Asimismo, implementar un procedimiento interno regulatorio para las actuaciones previas a la resolución de contratos de financiamiento, que exija como requisito mínimo una revisión técnica y legal sobre la causal de resolución, además de un análisis costo-beneficio que evalúe la conveniencia de la medida a adoptar.

Paralelamente, la Contraloría recomendó a la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República iniciar las acciones civiles correspondientes contra los funcionarios y servidores involucrados en los hechos consignados en el informe de auditoría para determinar las responsabilidades a las que hubiera lugar.

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