El caso Guillermo Bermejo activa la posible aplicación inédita del artículo 15-A: lo que se sabe de la figura que reestructuraría el Parlamento

El fallo de 15 años de prisión al parlamentario por terrorismo abre un escenario sin precedentes, ya que una norma aprobada hace una década plantea dejar vacante su curul sin llamar a un accesitario

La sentencia de 15 años de prisión dictada contra el congresista Guillermo Bermejo por el delito de afiliación terrorista abrió la puerta a la posible aplicación, por primera vez en su historia, del artículo 15-A del Reglamento del Congreso de la República, una resolución legislativa aprobada en 2015 que impide el reemplazo por accesitario en casos de condena firme por terrorismo, narcotráfico, trata de personas o lavado de activos provenientes de estos delitos.

El constitucionalista Alejandro Rospigliosi explicó en diálogo con Exitosa que el artículo en cuestión solo se activa cuando la condena judicial queda firme, es decir, en doble instancia. “Cuando un parlamentario es sentenciado en segunda instancia por alguno de esos delitos, el castigo va al partido político: pierde el escaño y no puede ocuparlo otro integrante del mismo partido”, declaró, destacando que el objetivo es sancionar a la organización por la falta de diligencia en la selección de sus candidatos.

En ese sentido, mencionó que mientras la sentencia no alcance firmeza, se prevé que su reemplazo temporal sería Zaira Arias, accesitaria por Perú Libre en Lima. A través de sus redes sociales, confirmó su solidaridad en X, pero no hizo referencia directa a su eventual nombramiento como congresista. Según informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Arias obtuvo más de 4.400 votos en los comicios de 2021. Mantiene un perfil activo en redes y organizaciones políticas, aunque está alejada de su ex partido tras denuncias por falsificación de firmas y fue detenida durante una protesta en 2023.

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No obstante, para Patricia Juárez (Fuerza Popular), expresidenta de la Comisión de Constitución, “lo que señala el reglamento es que no hay accesitario en los casos de terrorismo, tráfico ilícito de drogas. Y eso es lo que corresponde: no va a haber una persona que sea llamada para reemplazar al congresista. El sentido de la norma es sancionar a una persona que está con esa investigación”.

Aunque se señaló que Zaira Arias asumiría en reemplazo de Bermejo, su juramentación está en duda. Foto: composición Infobae

El origen del artículo 15-A

El artículo 15-A se instauró con la Resolución Legislativa del Congreso 002-2014-2015-CR, publicada el 20 de marzo de 2015. Su aprobación fue resultado de una votación que reunió 72 votos a favor, 17 en contra y una abstención repartidos en diversas bancadas. Gana Perú aportó 22 votos a favor y uno en contra, Fuerza Popular 24 a favor, Perú Posible 8 a favor, Concertación Parlamentaria 7 a favor y Acción Popular-Frente Amplio 6 a favor. En contraste, PPC-APP sumó 3 en contra, Solidaridad Nacional 2 en contra y una abstención, Unión Regional 3 en contra y Dignidad y Democracia 3 a favor y 5 en contra, mientras que entre los no agrupados hubo 2 votos a favor y uno en contra.

La norma surgió como una reacción política para enfrentar la infiltración del crimen organizado en el Parlamento y obligar a los partidos políticos a ejercer mayor control respecto a los antecedentes de sus candidatos. Congresistas como Lourdes Alcorta (Unión Regional) y Marisol Espinoza (Gana Perú) promovieron la sanción con un mensaje de advertencia hacia los partidos que permitieran el acceso de personas involucradas en delitos graves, según consta en los registros de debates parlamentarios y en el análisis de 'La pérdida del escaño parlamentario por un partido político’, de César Delgado Guembes.

El artículo fue elaborado sobre la base de proyectos presentados por los grupos Unión RegionalGana Perú y Solidaridad Nacional, y se debatió en la Comisión de Constitución y en el Pleno durante marzo de ese año. Durante el debate, se argumentó que la sanción debía recaer en los partidos para forzar criterios de idoneidad en los postulantes, tomando como referencia la experiencia colombiana de la “silla vacía”.

Otros congresistas se opusieron a la medida por considerar que sanciona a los electores y afecta la proporcionalidad política de las regiones de origen del representante vacado. En aquel momento se criticó que el texto final no contemple otras tipologías delictivas, como corrupción o crímenes de lesa humanidad, problema que fue señalado por varios sectores durante los debates.

El desenlace dependerá de la interpretación legal que adopte el Parlamento y los resultados de la apelación presentada por la defensa, mientras persisten opiniones divididas en el Congreso y en la opinión pública sobre la pertinencia y alcance de la sanción.

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