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Proponen adelanto de CTS para docentes y auxiliares que compren terreno o vivienda

Nuevo proyecto del Congreso. También se podría usar el monto para mejorar o ampliar sus hogares

Los trabajadores estatales no pueden sacar su CTS con la Ley del libre retiro como los privados, pero sí se proponen desde el Congreso iniciativas para que puedan sacar parte de este dinero. - Crédito Andina

Un nuevo proyecto sobre la Compensación por Tiempo de Servicios ha sido presentado en el Congreso. Esta vez, se trata de la CTS para los trabajadores públicos, específicamente para los docentes y los auxiliares de Educación.

Como se sabe, estos servidores estatales, a diferencias de los trabajadores del sector privado, reciben su CTS al momento de su cese —si bien los privados deben pasar un tiempo sin trabajar para poder usar este dinero, actualmente la Ley de la libre disposición de la CTS les permite acceder a todo hasta fines del 2026, pero no a los estatales—.

Sin embargo, la propuesta presentada por la congresista Nelcy Lidia Heidinger Ballesteros, de Alianza para el Progreso, busca que los docentes y auxiliares de Educación puedan recibir de adelanto el 50% de su CTS para poder comprar, mejorar o ampliar una vivienda, o para adquirir un terreno.

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Ya se había propuesta anteriormente un proyecto para validar el retiro de CTS también para el sector público. - Crédito Andina

Adelanto de CTS para vivienda

El proyecto de ley propone “modificar la Ley N° 29944, Ley de reforma magisterial, y, Ley N° 30493, Ley que regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial“, con el objetivo de permitir que los docentes y auxiliares puedan sacar la mitad de su CTS antes de tiempo si la usan para conseguir vivienda.

Exactamente, la medida busca “garantizar la casa propia de docentes y auxiliares de educación mediante el retiro voluntario de hasta el cincuenta por ciento (50%) de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS)”.

Así, según el artículo 63, de Compensación por tiempo de servicio, “el profesor recibe una compensación por tiempo de servicio (CTS), la que se otorga al momento de su cese, a razón del cien por ciento (100%) de su remuneración integra mensual (RIM), por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios oficiales”. Pero el nuevo texto agregaría el siguiente texto:

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“Puede disponer de hasta el cincuenta por ciento (50%) de su CTS para la adquisición de una primera vivienda, mejoramiento o ampliación. Asimismo, para la compra de un primer terreno”.

Solo los trabajadores privados y los del régimen 728 (de la actividad privada) del sector público pueden retirar su CTS actualmente. - Crédito Banco de la Nación

El mismo texto se propone incluir en el artículo 2 que detalla la política remunerativa del auxiliar de educación nombrado. Así, si se aprueba la medida, ambos tipos de trabajadores podrán sacar un adelanto de la CTS que les debieran pagar al cese de sus funciones pero solo para poder obtener una vivienda (o terreno) o mejorar la que ya tienen.

¿Cómo se calcularía este monto?

Asimismo, el texto del proyecto de ley detalla que “el calculo para la determinación del cincuenta por ciento (50%) se hace en base a la Remuneración Integra Mensual – RIM vigente al momento de la solicitud", así como en función al número de años de servicio efectivo.

“La solicitud de adelanto de hasta el cincuenta por ciento (50%) de la CTS se puede hacer en cualquier momento y en diversas oportunidades siempre y cuando el adelanto no supere el 50% de la CTS acumulada”, aclara la propuesta.

¿Cómo se deberá dar este acceso para la “casa propia”? Según el artículo 6 propuesto, este detalla el “mecanismo para acceso a la casa propia”. Según este, “el adelanto de hasta el 50% de la CTS para la compra de la primera vivienda, mantenimiento o ampliación, y compra del primer terreno, se operativizará mediante el Programa de Fondo Mivivienda, a través de proyectos inmobiliarios con inversión pública y/o privada”.

Finalmente, es el Ministerio de Educación la entidad que establecerá el procedimiento para la presentación de solicitud de adelanto de la CTS, evaluación y aprobación. Asimismo, para su desembolso coordinará con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como ente rector del Programa de Fondo Mivivienda.

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