Patricia Benavides acudirá hoy lunes al Ministerio Público para asumir funciones de fiscal de la Nación

La defensa legal de la extitular del MP adelantó que se apersonará a las 8:00 horas, con el objetivo de evitar que se argumente un posible abandono de cargo

Patricia Benavides interviene ante la nueva JNJ. A su costado su abogado Humberto Abanto. En el fondo, su otro abogado Juan Peña. Foto: JNJ

Patricia Benavides acudirá hoy lunes 16 de junio a la sede principal del Ministerio Público con la intención de retomar sus funciones como fiscal de la Nación, según anunció su abogado, Humberto Abanto. La defensa legal de la también exfiscal suprema sostiene que la restitución en el cargo fue dispuesta por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), pese a cuestionamientos.

El letrado precisó que su cliente llegará al Ministerio Público a las ocho de la mañana, acompañada por su equipo de abogados, con el objetivo de evitar que se argumente un posible abandono de cargo. “El trabajo nuestro muere en la avenida Abancay. De la puerta del Ministerio Público para adentro le corresponde a ella. Hasta ahí el equipo la va a acompañar”, señaló durante una entrevista con RPP.

El letrado remarcó que el equipo jurídico, conformado por figuras como Jorge del Castillo, Juan Mario Peña Flores y Christian Salas Beteta, solo permanecerá hasta la entrada de la institución. Posteriormente, Benavides asumirá de manera autónoma cualquier gestión interna como titular del Ministerio Público.

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En referencia a la resolución de la JNJ, Abanto recalcó que corresponde al Ministerio Público acatar lo dispuesto y no interpretar las decisiones del organismo. “Ella fue echada, desconsiderada e inconstitucionalmente del puesto que ocupaba por un grupo de personas. Sería penoso que el Ministerio Público, que es garante de la legalidad, haga una interpretación, porque para empezar no le corresponde interpretar”, manifestó.

Abogado asegura que Delia Espinoza debe restituir a Patricia Benavides como fiscal de la Nación. (Foto: Infobae Perú/Agencia Andina)

¿Patricia Benavides debe asumir la Fiscalía?

Aunque la resolución de la Junta Nacional de Justicia menciona la restitución, voces contrarias aseguran que su retorno a la Fiscalía de la Nación no es viable. El abogado penalista Andy Carrión recordó que el Tribunal Constitucional aclaró que la JNJ no tiene potestad para nombrar a la fiscal de la Nación, pues esta es una atribución exclusiva de la Junta de Fiscales Supremos, según lo que establece la Constitución Política del Perú.

“Es inminente su retorno a la fiscalía suprema, no necesariamente a la Fiscalía de la Nación. (Patricia Benavides) Regresaría a ser fiscal suprema. (...) Pero, la JNJ no tiene la potestad de restituir o elegir a una fiscal de la Nación. Lo único que ellos pueden hacer es restituirla a su puesto de fiscal suprema”, señaló en entrevista con RPP.

En esa misma línea, el abogado Carlos Rivera, consideró que la Junta Nacional de Justicia se excedió en sus atribuciones e incurrió en usurpación de funciones. “La JNJ acaba de restituir a Patricia Benavides como fiscal de la nación, pero según la Constitución esa es atribución exclusiva de la Junta de Fiscales Supremos. Hacerlo parece una usurpación de funciones”, publicó en sus redes sociales.

No obstante, para Ernesto Blume, expresidente del Tribunal Constitucional (TC), consideró que si la Fiscalía no obedece la restitución de Benavides incurre en un desacato y que así como la JNJ tiene la potestad de destituir, puede retornar a alguien al cargo.

Especialista se pronunció a favor de la restitución de Benavides.

Sobre el periodo, aunque indicó que hay dos interpretaciones, consideró que debería ejercer hasta diciembre de 2027. El abogado Wilber Medina también se pronunció en la misma línea. Según dijo, el retorno de Benavides no solo implica la función sino también el tiempo efectivo que le fue ilegalmente interrumpido durante 18 meses.

“Su mandato no puede limitarse a lo que resta del periodo original, sino extenderse hasta completar los tres años efectivos en funciones”, precisó Medina, quien señaló que este criterio responde a una reparación real del daño constitucional ocasionado. El letrado resaltó que no se trata de una reposición simbólica, sino de una restitución con todos sus efectos jurídicos.

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