Exonerados del IGV: el Congreso vuelve a golpear las cuentas del país privilegiando a los empresarios de la región San Martín

Nuevo paraíso fiscal en el Perú. La Ley N.º 32317 incluye a San Martín en un esquema tributario que previamente beneficiaba a Loreto, Madre de Dios y Ucayali, pero que ahora podría desatar una verdadera fiebre de la tala y oro ilegal, según expertos

El Congreso de Perú promulga la Ley N.º 32317, otorgando beneficios fiscales al departamento de San Martín.

El Congreso de la República del Perú promulgó este jueves 1 de mayo de 2025 la Ley N.º 32317, que establece que el departamento de San Martín es beneficiario del crédito fiscal especial del Impuesto General a las Ventas (IGV). Según lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley N.º 27037, esta medida busca fomentar la inversión en la Amazonía, otorgando un beneficio tributario angular a las empresas de la región.

La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, había generado diversas reacciones en el ámbito político y económico, en especial desde el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Descuento sobre el IGV bruto mensual para los empresarios de San Martín

De acuerdo con la Ley N.º 27037, los contribuyentes ubicados en la Amazonía que se dediquen principalmente a actividades como la agropecuaria, la acuicultura, la pesca, el turismo, la transformación forestal y otras actividades manufactureras relacionadas, pueden acceder a un crédito fiscal especial del 25% del IGV bruto mensual.

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Este beneficio aplica a las ventas de bienes gravados realizadas fuera de la Amazonía. En el caso de los departamentos de Loreto, Madre de Dios y algunas zonas de Ucayali, el crédito fiscal especial asciende al 50%. La reciente precisión legislativa asegura que San Martín, previamente excluido, ahora forma parte de este esquema tributario.

Empresas de San Martín accederán a un crédito fiscal especial del 25% del IGV para fomentar inversiones en la Amazonía.

Exoneraciones exprés para la región San Martín

El especialista en temas tributarios Rafo Inurritegui, en declaraciones para Infobae Perú, expresó su preocupación por la falta de restricciones en la aplicación de esta ley.

Según el experto, la norma no delimita sectores específicos ni establece controles claros, lo que podría abrir la puerta a actividades informales o incluso ilegales, como la minería no regulada. Inurritegui cuestionó la ausencia de una política tributaria coherente que defina los sectores estratégicos a promover y advirtió sobre el impacto que esta medida podría tener en la recaudación fiscal.

¿San Martín, nuevo paraíso fiscal del Oriente peruano?

¿A quién se beneficia realmente? El artículo único de la Ley N.º 32317 precisa que el departamento de San Martín es sujeto del beneficio tributario, siempre que los contribuyentes cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N.º 27037.

Entre estos, se incluye que al menos el 70% de los activos o actividades de las empresas beneficiarias se desarrollen en la Amazonía. Este beneficio no se limita a un producto o sector en particular, sino que abarca una amplia gama de actividades económicas, desde piscigranjas y cultivos de cacao hasta lodges turísticos y procesadoras de yuca.

Rafael Inurritegui, abogado tributarista, criticó la ausencia de controles claros en la nueva ley, señalando riesgos de fomentar actividades informales.

La aprobación de esta ley ha reavivado el debate sobre los incentivos tributarios en el país. Según el texto de la norma, el objetivo es promover la inversión en la región amazónica, pero críticos señalan que no se realizó un análisis exhaustivo del costo-beneficio ni del impacto fiscal que esta medida podría generar.

Además, se ha recordado que en 2005, mediante la Ley N.º 28575, San Martín había sido excluido expresamente de este beneficio, lo que plantea interrogantes sobre la consistencia de las políticas tributarias a lo largo del tiempo.

¿Votos por tributos?

El contexto político también juega un papel importante en esta decisión. La insistencia parlamentaria para incluir a San Martín en el esquema de beneficios tributarios refleja, según analistas como Inurritegui, la influencia de los intereses regionales en el Congreso.

Este tipo de medidas, argumentan, podrían sentar un precedente para que otras regiones del país reclamen exoneraciones similares, lo que complicaría aún más la gestión de los recursos fiscales a nivel nacional.

“Cortar beneficios sin clientela electoral es tan impopular como cobrar impuestos en campaña​. ¿Lo necesitaban? ¿Lo merecían? ¿Se evaluó el costo-beneficio? ¿Se midió el sacrificio fiscal? No señor, se “precisó” porque sí. Porque cuando se trata de “dar”, el Congreso de la República del Perú da con gusto. Total, no es su plata”, dijo.

Discusión sobre la Ley N.º 32317 resalta desafíos para SUNAT frente al aumento de solicitudes de exoneraciones fiscales.

Farra fiscal: se vienen más exoneraciones para el 2025

El abogado recuerda que, en el horizonte legislativo, se vislumbra la posible aprobación de la Ley de las Zonas Económicas Especiales (ZEE), que permitiría a cada departamento solicitar exoneraciones tributarias específicas. Este escenario plantea desafíos críticos para la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), que ya enfrenta dificultades para garantizar el cumplimiento tributario en un contexto de creciente informalidad.

De cualquier forma, la Ley N.º 32317 ha sido recibida con entusiasmo por los empresarios de San Martín, quienes ahora podrán reducir su carga tributaria al aplicar el crédito fiscal especial del 25% del IGV en sus operaciones fuera de la Amazonía. Sin embargo, las críticas sobre la falta de planificación y los riesgos asociados a esta medida continúan generando un intenso debate en el país.

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