CAL en desacuerdo con TC: Reposición de la inhabilitación a Inés Tello y Aldo Vásquez “debilita la democracia”

Colegio de Abogados de Lima rechazó el fallo dado por el Tribunal Constitucional e indicó que decisión a favor del Congreso “vulnera gravemente la autonomía e independencia del Poder Judicial y el principio de separación de poderes”

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Colegio de Abogados de Lima se pronunció en rechazo de la decisión adoptada por el TC. | Fotocomposición Infobae Perú
Colegio de Abogados de Lima se pronunció en rechazo de la decisión adoptada por el TC. | Fotocomposición Infobae Perú

Luego de conocerse que el Tribunal Constitucional dispuso el restablecimiento de la inhabilitación de Aldo Vásquez e Inés Tello como magistrados de la Junta Nacional de Justicia, el Colegio de Abogados de Lima expresó su rechazo. A través de un comunicado, advirtieron que la medida “vulnera gravemente la autonomía e independencia del Poder Judicial y el principio de separación de poderes”.

El artículo 139 inciso 2 de la Constitución garantiza “la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional” y que “ninguna autoridad”, incluyendo al TC, “puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones”. No obstante, consideraron que el TC desconoció dicho dispositivo constitucional “al suspender los efectos de la resolución judicial dictada por la Corte Superior de Justicia de Lima, que concedió una medida cautelar a dos integrantes de la JNJ, suspendiendo la inhabilitación de diez años impuesta por el Congreso”.

“Lo que correspondía era esperar a que la Corte Suprema resuelva la apelación presentada y no avocarse a una causa pendiente ante el Poder Judicial”, mencionaron.

Alejandro Soto interpuso la demanda competencial contra el Poder Judicial.  | Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón / Congreso / Andina / IDL
Alejandro Soto interpuso la demanda competencial contra el Poder Judicial. | Fotocomposición: Infobae Perú (Camila Calderón / Congreso / Andina / IDL

En ese sentido, destacaron que la decisión adoptada vulnera la autonomía e independencia del Poder Judicial al interferir en un proceso judicial en trámite y suspender los efectos de una medida cautelar. “La resolución del TC no explica las razones por las que desconoce el artículo 139 inciso 2 de la Constitución y desnaturaliza la esencia de una medida cautelar que debe ejecutarse de inmediato. Ello vulnera el principio de separación de poderes, a favor del Congreso y en desmedro del Poder Judicial”, explicaron.

Asimismo, consideraron que dicha decisión afecta la composición de la JNJ ante la negativa de los accesitarios a asumir los puestos vacantes: “Los suplentes, con anterioridad, ya manifestaron que no asumirán el cargo. Ello afecta gravemente el funcionamiento de la JNJ, especialmente en los procesos disciplinarios de jueces y fiscales, cuyo quórum es de cinco, pues el integrante que investiga no puede participar en la decisión de sanción”.

“El país requiere fortalecer sus instituciones y respetar la independencia de los poderes y los órganos constitucionales autónomos. La reciente decisión del TC desconoce estos principios y debilita el régimen democrático en el país”, sentenciaron.

Comunicado en contra de la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional. | CAL
Comunicado en contra de la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional. | CAL

¿Pueden negarse a asumir los puestos de Aldo Vásquez e Inés Tello?

En diálogo con Infobae Perú, el abogado Hugo Mendoza mencionó que ya no habría motivos para que los miembros suplentes, según orden de mérito, asuman los puestos vacantes de Aldo Vásquez e Inés Tello en la Junta Nacional de Justicia.

“Con el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, lo que sigue es que los accesitarios que estaban a punto de juramentar y no lo hicieron por esta medida cautelar, pues ahora sí lo hagan sin ningún problema. Hubo algunos que rechazaron asumir el puesto; sin embargo, con esta nueva decisión, volverían a ser consultados”, declaró.

Insistió que, al ya no haber motivos para rechazar los puestos como se hizo con anterioridad, volver a negarse podría recaer en una infracción. “No asumir incluso podría exponerlos a ser plausibles de sanción por omisión de funciones o por desobediencia a la autoridad, ya que tendrían la obligación de asumir, pues por algo han postulado y han quedado en la lista”, sentenció.

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