
Acabar con el maltrato infantil es un compromiso ciudadano y un deber de las autoridades. Y así lo entendió la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, que se pone firme frente el abuso de los niños y oficializó la aprobación de la ordenanza que prohíbe cualquier tipo de castigo físico y humillante contra los menores de edad en el distrito.
La Ordenanza N° 433-MDSJL, que fue publicada en las Normas Legales de El Peruano, establece que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir protección, socialización y educación no violenta dentro de un ambiente que brinde protección integral.
La norma detalla que se busca garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los menores de edad, priorizando las medidas de protección a su favor en situación de desprotección familiar, tomando en consideración el artículo 84 de la Ley N° 27972, el cual establece que las municipalidades distritales deben organizar, administrar y ejecutar programas de asistencia, protección y apoyo a los menores de edad.
En ese sentido, la iniciativa aprobada por el concejo municipal contempla encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Seguridad Ciudadana, y Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional el cumplimiento de la mencionada norma.
Caso emblemático
La ordenanza municipal se da tras un lamentable caso de agresión en contra una niña de 7 años que se hizo público a inicios de abril, cuando la madre de la menor denunció que el profesor de educación física agarró del cuello a su hija y la levantó con fuerza dentro de las instalaciones de la Institución Educativa Carlos Noriega Jiménez, ubicada en San Juan de Lurigancho.
El docente Pedro Páucar negó las acusaciones y el caso quedó sin castigo alguno, a pesar de la denuncia policial. Se supo que las autoridades del colegio no habrían expulsado al maestro tal como solicitó la madre, sino que decidieron “cambiarlo de aula” para evitar el contacto con la niña.
Cifras alarmantes
El abuso contra los niños del país, es pan de cada día. De acuerdo a estadísticas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), unas 40 denuncias por castigo físico y humillante contra niños y adolescentes, de 0 a 17 años, se presentan a diario.
Por su parte, el Instituto Nacional de Salud Mental, en el contexto de la pandemia por la Covid-19, alertó que aumentó la violencia contra los niños y adolescentes. En el 2021, el 60.3% de los niños de 6 a 11 años, el 44.4% en edades de 1.5 a 5 años y el 59.3% de los adolescentes sufrieron maltrato físico de sus cuidadores.

Ante esta realidad, desde el 2015, existe la Ley N°30403 que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes ya sea en el hogar, la escuela, la comunidad, lugares de trabajo, entre otros relacionados.
Dicha norma establece que el autor del maltrato será procesado por un delito penal si el maltrato causa lesiones leves, graves o la muerte del menor, y las penas varían desde los 2 a 20 años de prisión.
Sin embargo, la aplicación de esta ley cae en letra muerta, ya que los procesos judiciales en el país, en la mayoría de las veces, no cumplen con los plazos establecidos para lograr el acceso a la justicia.
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