
Un tribunal colegiado desechó el recurso del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y dejó firme la sentencia que anuló la negativa de que Lenia Batres Guadarrama registre la marca “Ministra del Pueblo”.
De acuerdo con un comunicado de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Lenia Batres Guadarrama difundido este 16 de junio de 2026, el Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito desechó por improcedente la revisión fiscal que promovió el IMPI contra la resolución del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
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El comunicado detalló que la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del TFJA calificó como ilegal, “incongruente”, “limitada” e “incompleta” la determinación del IMPI para negar el registro de la marca “Ministra del Pueblo”. Con el desechamiento del recurso, esa resolución queda firme.
Batres señaló que solicitó el registro para “proteger y seguir utilizando como signo distintivo” el epíteto “Ministra del Pueblo” con el que se ha identificado en sus actividades. El texto añadió que el tribunal colegiado consideró improcedente el recurso del IMPI porque no cumplió con los requisitos de importancia y trascendencia que exige la ley.
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Lenia Batres rechaza la carrera judicial como requisito para llegar a la SCJN
La ministra Lenia Batres rechazó la carrera judicial como requisito para llegar a la SCJN y colocó a la integración actual del tribunal como prueba de su argumento, en medio del debate que dejó la reforma judicial de 2024, que cambió de fondo la selección de jueces, magistrados y ministros. Durante una sesión de sus “Círculos de Estudio”, Batres sostuvo que la preparación dentro de ese esquema no era indispensable para ejercer funciones jurisdiccionales.
Batres afirmó que los nueve integrantes de la nueva Suprema Corte no hicieron trayectoria dentro de ese sistema y agregó que todos tienen más de 30 años de experiencia en el ejercicio del derecho, la academia, el litigio, la administración pública o el Congreso de la Unión. También dijo que, al cierre de la integración anterior, su ponencia tuvo el mayor rendimiento del último año.
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“Mentira que las nuevas personas juzgadoras necesitáramos carrera judicial para ser personas juzgadoras. Esa es una mentira”, declaró la integrante del Máximo Mribunal. Más adelante añadió: “Terminamos la anterior corte siendo la ponencia con el rendimiento mayor del último año. No se necesitaba la carrera judicial. Habemos, en este momento, nueve ministras y ministros que no pasamos por una carrera judicial”.
La reforma judicial de 2024 eliminó el mecanismo tradicional de profesionalización

El modelo de carrera judicial reguló durante décadas el ingreso, la actualización, la capacitación, la evaluación, la permanencia y la promoción del personal especializado dentro del Poder Judicial de la Federación. Ese esquema era visto como una fortaleza institucional hasta 2024, cuando una reforma estructural modificó de manera profunda la forma de seleccionar a las personas juzgadoras.
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La desaparición de ese mecanismo abrió cuestionamientos de organizaciones civiles, integrantes de la judicatura y organismos internacionales, que advirtieron sobre los riesgos de eliminar procesos de profesionalización institucional. Frente a esas críticas, Batres defendió que la experiencia profesional también puede ser una vía válida para acceder a cargos jurisdiccionales.
Batres precisó que esa postura no elimina la necesidad de conocimiento. “Por supuesto que eso no implica que no debamos tener conocimiento jurídico, una amplísima experiencia que tenemos, creo que todos, de más de 30 años en el ejercicio del derecho, la academia, el litigio, en la administración pública, en el Congreso de la Unión”, dijo.
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La actual integración institucional también le dará a Batres la presidencia de la SCJN entre septiembre de 2027 y 2029, de acuerdo con las reglas aprobadas tras la reforma. Esa previsión la coloca como una de las figuras centrales de la etapa que seguirá a la reconfiguración del Máximo Tribunal.
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