
El 1 de mayo, México conmemora el Día del Trabajo, una jornada que rinde homenaje a las luchas históricas del movimiento obrero y que está contemplada como día de descanso obligatorio en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
En teoría, la mayoría de los trabajadores no debería laborar durante esta fecha; sin embargo, en la práctica, muchos sectores —como el comercio, la salud, la seguridad, el transporte y los servicios esenciales— continúan operando con normalidad.
Sin embargo, en muchos sectores es común que se requiera laborar, lo que genera una duda recurrente: ¿se paga doble o triple por trabajar ese día?
¿Qué establece la Ley Federal del Trabajo?
De acuerdo con el Artículo 74 de la LFT, el 1 de mayo es un día de descanso obligatorio. Si un trabajador presta sus servicios en esa fecha, tiene derecho a una compensación económica adicional.
El Artículo 75 de la misma ley indica que los trabajadores que laboren en un día de descanso obligatorio deben recibir:
- El salario diario normal
- Más el doble por el servicio prestado en día festivo
Es decir, si trabajas el Día del Trabajo, debes recibir un pago triple.

Ejemplo de pago
Si tu sueldo diario es de $400 pesos y trabajas el 1 de mayo, debes recibir:
- 400 pesos (salario base)
- 800 pesos (doble del salario por ser día festivo)
- = mil 200 pesos por ese día trabajado
¿Y si el 1 de mayo cae en domingo?
En caso de que esta fecha coincida con domingo, la ley también contempla el pago de una prima dominical, equivalente al 25 por ciento adicional sobre el salario diario. Esto incrementa aún más la remuneración total del trabajador.
¿Qué hacer si no te pagan lo justo?
Si después de revisar tu recibo de nómina detectas que no se aplicó el pago triple correspondiente, puedes presentar una queja o pedir asesoría gratuita en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), institución encargada de proteger los derechos laborales en México.
Los canales de atención disponibles son:
- Teléfono: 800 911 7877
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
- Presencialmente: En cualquier Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

Trabajar el 1 de mayo no es obligatorio, pero si lo haces, tienes derecho a cobrar el triple de tu salario diario, y aún más si cae en domingo. Conocer tus derechos es clave para evitar abusos y garantizar un trato justo en el entorno laboral.
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