
A pocas semanas de las vacaciones de Semana Santa, cientos de mexicanos se alistan para celebrar la festividad religiosa para disfrutar de un merecido descanso. Como cada año, diversos establecimientos públicos e instituciones bancarias ajustan sus horarios y fechas de apertura especial para garantizar la prestación de los servicios.
¡Que no te tome por sorpresa! Las dependencias financieras usualmente no brindan sus beneficios a los derechohabientes durante temporadas conmemorativas como días feriados, de asueto y oficiales, según lo marque la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Cabe aclarar que Semana Santa no cuenta con una fecha establecida, en 2025, la celebración religiosa se llevará a cabo entre el 13 y 20 de abril. Es por ello que, los ciudadanos deberán verificar con los establecimientos de trabajo y educación si se tomarán en cuenta como días de descanso.
¿Habrá asueto de actividades? LFT y SEP responden
Si bien esta festividad es de índole religiosa, algunas instituciones suelen contemplarlo como una fecha oficial de descanso para sus colaboradores y personal. Lo anterior ha generado dudas sobre si entidades como la Secretaría de Educación Pública (SEP) o lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) considerarán estas fechas en sus disposiciones; aquí los detalles.

El calendario escolar 2024-2025 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), confirmó que la comunidad de nivel básico tendrán un periodo vacacional de dos semanas, es decir, aplicará desde el 14 al 25 de abril.
No obstante, la LFT establece que la temporada de Semana Santa no es considerada como descanso obligatorio, por lo que no necesariamente existe la obligación de otorgar el Jueves y Viernes Santo como días de asueto con goce de sueldo.
¿Habrá servicio en los bancos por Semana Santa?
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el calendario anual que informa sobre sus actividades y suspensión de operaciones en días feriados y asuetos en México.
Consulta a continuación el listado de las fechas oficiales de descanso, en los cuales las instituciones financieras no brindarán servicio a los usuarios, según lo estipulado por la LFT:
- 1 de enero: Año Nuevo.
- 3 de febrero: Conmemoración de la Constitución Mexicana del 5 de febrero.
- 17 de marzo: Conmemoración del 21 de marzo.
- 17 y 18 de abril: Semana Santa.
- 1 de mayo: Día Internacional del Trabajo.
- 16 de septiembre: Día de la Independencia de México.
- 2 de noviembre: Día de Muertos.
- 17 de noviembre: Conmemoración de la Revolución Mexicana.
- 12 de diciembre: Día del Empleado Bancario y Día de la Virgen de Guadalupe.
- 25 de diciembre: Navidad.
- En general los sábados y domingos.
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