
En México no existe un impuesto específico sobre el ahorro per se, pero los rendimientos generados a través de ciertos instrumentos de ahorro sí pueden estar sujetos al pago de impuestos.
Cuando se opta por invertir para ahorrar, los rendimientos obtenidos (como intereses, dividendos o ganancias de capital) están sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este no es un impuesto nuevo; ha existido por años. La tributación se aplica al rendimiento generado por las inversiones, no al monto ahorrado en sí.

Específicamente, el ISR puede aplicarse a diferentes tipos de inversiones de la siguiente manera:
- Cuentas de ahorro y depósitos a plazo: Los intereses generados pueden estar sujetos al ISR, el cual generalmente es retenido por el banco o institución financiera y enviado directamente al fisco.
- Certificados de Depósito Bancario (CDB): Los rendimientos de los CDB también están sujetos al ISR. La tasa de retención puede variar según el plazo del certificado.
- Fondos de inversión: Los rendimientos y las ganancias de capital generados por fondos de inversión pueden estar sujetos al ISR.
- Bonos y valores gubernamentales: Los intereses de estos instrumentos están sujetos al ISR, con tasas que pueden depender del tipo de bono y del plazo de inversión.
- Inversiones en el mercado de valores: Las ganancias de capital de la compra y venta de acciones y otros instrumentos en el mercado de valores también pueden estar gravadas por el ISR.

Actualmente, el SAT retiene un 0.58% sobre los rendimientos generados por las inversiones. Por ejemplo, si se invierten 10,000 pesos en un mes, la autoridad fiscal podría retener 4.8 pesos al mes, acumulándose a lo largo del año, y luego ajustar el monto final en la declaración anual. Este es un anticipo del impuesto que puede ser acreditado al momento de hacer la declaración.
Además, para el año 2024, la Ley de Ingresos plantea un aumento en la retención para los ahorradores en CETES directos, subiendo del 0.58% al 1.48%.
¿Quiénes deben pagar el ISR en México?
- Personas físicas: Los individuos deben declarar sus ingresos anuales y calcular el ISR correspondiente, que puede provenir de salarios, honorarios, arrendamientos, entre otros. Existen diferentes tablas y reglas para calcular el impuesto basado en la fuente de ingresos.
- Personas morales: Las empresas también deben calcular el ISR basado en sus utilidades fiscales. Las tasas pueden variar según el tipo de actividad y el monto de las utilidades.
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