
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), tiene la capacidad de bloquear las cuentas bancarias de los contribuyentes por diversos factores, acá te contamos cuáles son las causas y que debes hacer para evitarlo.
La autoridad señala que la inmovilización de depósito bancarios, significa que no puedes disponer de ellos, hasta por el importe de tus adeudos completos y que esté actualizado en su sistema para que puedas acceder a ellos.
¿Cuáles son las personas que podrían sufrir de estas medidas?
Uno de los factores por el cual la autoridad fiscal puede suspender tus cuentas bancarias es por adeudos fiscales y que en su momento no interpusiste un medio de defensa.
Cuando hay una resolución definitiva a favor del SAT, por lo cual, se ejerce el cobro correspondiente, “se solicita directamente a las instituciones de banca múltiple la inmovilización y transferencia de los recursos que localice a tu nombre”, señalan las autoridades.

Cabe destacar que el cobro terminará hasta que se cubra todo el monto de la deuda que se tenga, es decir, incluye recargos, multas y gastos de ejecución.
Otro factor para que te retengan los recursos de tus tarjetas es que tengas adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlos, y no hayas ofrecido alguna.
Ante ese contexto, el SAT ordena a los bancos donde esté registrado el contribuyente, la inmovilización de los recursos (depósitos suficientes) para garantizar hasta por el monto de la deuda fiscal actualizada y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).
Evita la congelación de tus recursos

Los contribuyentes morosos pueden pedir que no se les detengan su dinero en sus cuentas y puede ofrecer a cambio, algún otro tipo de garantía. Estas son las peticiones que podrás aplicar para subsanar tus deudas con el fisco.
- Depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada.
- Prenda o hipoteca.
- Fianza otorgada por institución autorizada.
- Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.
- Embargo en la vía administrativa.
- Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.
La forma en que el SAT te informa sobre las acciones a seguir es mediante el buzón tributario o correo electrónico personal del usuario, por lo cual debe estar registrado ante la autoridad fiscal.
Otra forma será mediante tu domicilio fiscal, de lo contrario “la notificación se realiza por estrados”, señala la autoridad tributaria.
Más Noticias
Cuáles son las principales plagas en temporada de calor y cómo prevenirlas
Estos animales pueden ser portadores de enfermedades, por lo que mantener medidas de higiene y seguridad es fundamental para proteger la salud de la familia

Horchata de coco: una bebida sencilla con un toque tropical
Esta deliciosa bebida permite a cada quien prepararla a su manera, incluyendo variaciones de leche vegetales y sin lactosa

Congreso CDMX plantea soluciones para garantizar acceso al agua ante crisis hídrica en la capital
Especialistas coincidieron en que la crisis del agua ya no es solo técnica, sino también un problema de justicia social

Cuáles son las mejores fuentes de calcio para las personas con intolerancia a la lactosa
Este mineral es fundamental para distintas funciones del cuerpo, incluyendo la salud de los huesos

Hallan restos de 2014 en funeraria en Iguala: investigan si hay relación con el caso Ayotzinapa
Autoridades no han confirmado si el hallazgo corresponde a alguno de los estudiantes normalistas desaparecidos


