La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó el juicio contra el jubilado Daniel Rubén Vera, alias Elpidio Sánchez, por amenazas e incitación al odio a raíz de sus publicaciones en redes sociales contra el presidente Javier Milei, el primer ministro israelí Benjamín Netanyahu, diputados nacionales y periodistas.
La resolución firmada por el juez Carlos Mahiques declaró inadmisible el recurso extraordinario que presentó la defensa con el propósito de frenar el debate hasta que la Corte Suprema revise el rechazo a su pedido de suspensión del juicio a prueba, o probation.
Por otra parte, ante un planteo de Vera para frenar el inicio del juicio, el Tribunal Oral Federal 3 resolvió mantener la fecha prevista para el 1 de octubre de este año. El juez Fernando Marcelo Machado Pelloni concluyó que “no existe un perjuicio actual que justifique suspender el avance del proceso penal”.
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El imputado está detenido bajo el régimen de prisión domiciliaria. Es un jubilado e integrante de un gremio docente de la provincia del Chaco y se ocultaba bajo el perfil Elpidio Sánchez para publicar sus amenazas y comentarios antisemitas.
En Facebook difundió fotos de Javier Milei y del diputado José Luis Espert con un punto rojo, como si fuera la mira láser de un arma. Escribió “como ratas hay que cazarlos y eliminarlos” al lado de una imagen de Benjamín Netanyahu. También atacó a periodistas como Eduardo Feinmann, Luis Majul y Jonatan Viale.
El fallo de Casación
La Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal que presentó Daniel Rubén Vera porque entendió que la impugnación no acreditó una cuestión federal que permitiera abrir la vía extraordinaria ante la Corte Suprema.
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Para el camarista Mahiques, la defensa “se limitó a expresar su discrepancia con la decisión adoptada por este tribunal, sin lograr desarrollar una adecuada demostración de la arbitrariedad que alega”.
En esa línea, advirtió que la doctrina de la arbitrariedad tiene un carácter estrictamente excepcional y que no puede pretenderse, por su intermedio, el reexamen de cuestiones no federales cuya solución es del resorte exclusivo de los jueces de la causa.
El juicio oral
El Tribunal Oral Federal 3 ratificó el avance del proceso hacia el juicio oral, al considerar que no existe un perjuicio actual que justifique frenar el debate previsto para el 1 de octubre de 2026.
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La defensa había pedido dejar sin efecto el comienzo del debate oral con el argumento de que no debía realizarse mientras siguiera pendiente la discusión sobre una posible suspensión del juicio a prueba.
Intentó respaldar su planteo en que, en una audiencia preliminar que se realizó en febrero pasado, la querella de Eduardo Feinmann no objetó la concesión del beneficio. Por su lado, la fiscalía se opuso por la gravedad de los hechos cuestionados y por razones de política criminal.
El juez Machado Pelloni afirmó que la resolución cuestionada “se endereza a lo que la ley prescribe se realice en esta instancia, el juicio oral y público”. En el mismo tramo, descartó que la defensa hubiera demostrado un daño concreto derivado de fijar fecha para el inicio del debate.
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El fallo agregó que no se expuso “de qué manera la fijación de la fecha para dar inicio al debate, se traduce en un perjuicio a esa parte”, más allá de la hipótesis sobre un eventual cambio de criterio en instancias superiores.
En este sentido, el magistrado sostuvo que la medida de arresto domiciliario que pesa sobre Vera desde hace más de un año “sugiere aún más imprimir celeridad al trámite”.
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