Una mujer que vive en Bahía Blanca obtuvo un fallo favorable en su reclamo judicial contra la empresa encargada del suministro de agua tras sufrir una caída en la vereda de su edificio. La sentencia, dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 7, ordena el pago de más de 46 millones de pesos en concepto de indemnización por daños y perjuicios, además de intereses y costas.
Según consta en la resolución a la que accedió Infobae, la reclamante inició la demanda en abril de 2025 luego de un accidente ocurrido en agosto de 2023. El hecho sucedió cuando la mujer salía de su domicilio y, al caminar por la acera, introdujo el pie derecho en el hueco del medidor de agua. El orificio tenía cerca de 30 centímetros de profundidad y no presentaba ninguna señalización ni tapa de seguridad.
Todo se originó tras diversos problemas detectados en el suministro de agua del edificio en 2022. El administrador de ese momento, junto con los vecinos, había presentado reiterados reclamos a la compañía proveedora por la falta de agua y el bajo caudal. Personal de la empresa intervino y determinó que el caño de agua estaba tapado con barro, lo que motivó la apertura de una zanja en la vereda para inspeccionar y reparar el sistema.
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De acuerdo con el fallo, las tareas de reparación incluyeron la apertura de un zanjón de tres baldosas de ancho y notable profundidad, desde el medidor hasta el caño principal. Si bien la empresa resolvió el inconveniente con el suministro, nunca restableció la vereda ni colocó señalización de advertencia, vallas o tapa en el medidor. Este detalle resultó central en el juicio.
La noche del accidente, la mujer —de 68 años al momento del hecho— se dirigía a su automóvil acompañada por su hija cuando cayó abruptamente al trabarse el pie en el hueco, sufriendo una fractura de rótula. El dolor fue inmediato e intenso, y debió ser trasladada de urgencia a un hospital. El diagnóstico inicial confirmó la fractura y se le practicó una calza de yeso, además de prescribirse medicación y estudios prequirúrgicos.
El proceso de recuperación incluyó seis intervenciones quirúrgicas a lo largo de un año y medio, según la pericia médica incorporada en la causa. El informe pericial, que no recibió objeciones de las partes, determinó que la mujer padece una incapacidad psicofísica cercana al 45 por ciento, con secuelas permanentes como rigidez en la rodilla y lesión neurológica en la pierna derecha.
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La sentencia considera que la empresa demandada, al no contestar la demanda y ser declarada rebelde, generó una presunción de veracidad sobre los hechos relatados por la parte reclamante. El fallo cita el Código Civil y Comercial de la Nación para fundamentar la responsabilidad objetiva de la proveedora de agua, dado el carácter riesgoso de la actividad y la ausencia de pruebas que acrediten circunstancias eximentes.
Durante la etapa de prueba, varios testigos, incluidos vecinos y exadministradores del edificio, confirmaron la existencia de la zanja sin tapa ni señalización durante meses y relataron el accidente sufrido por la mujer. También se incorporó un dictamen pericial de ingeniería, con fotografías del lugar y la constatación de las obras realizadas.
En cuanto a los rubros indemnizatorios, el fallo desglosa distintos conceptos. Por la incapacidad física, se computó una suma superior a 23 millones de pesos. El cálculo siguió la fórmula polinómica que establece la legislación vigente para estos casos, considerando la jubilación mínima, el porcentaje de incapacidad y la expectativa de vida al momento del accidente. El capital calculado permite cubrir la pérdida de ingresos potenciales en función de la capacidad disminuida.
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Para el tratamiento psicológico, la resolución reconoce que la mujer sufrió afectación en su esfera emocional derivada del hecho. Una pericia psicológica recomendó terapia semanal con una duración mínima de dos años. A valores actualizados, se fijó un monto indemnizatorio de seis millones setecientos veinte mil pesos para cubrir 96 sesiones de tratamiento.
En relación con los gastos médicos y de traslado, el fallo admite que la reclamante debió afrontar erogaciones por medicamentos, insumos y transporte, aunque ajusta el monto solicitado a 600.000 pesos en función de los comprobantes presentados y la atención recibida mayormente en el hospital público.
El daño moral constituye otro de los rubros destacados en la sentencia. El texto judicial señala que la mujer experimentó un cambio negativo y prolongado en su vida cotidiana, evidenciado por la imposibilidad de realizar actividades habituales y el impacto emocional registrado por los peritos. Para este concepto, se asignó un monto de 16 millones de pesos, cifra que, según el fallo, representa una compensación sustitutiva por las consecuencias no patrimoniales sufridas.
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La jueza explicó que todas las sumas fueron fijadas a valores actuales y dispuso que se adicionen intereses del seis por ciento anual desde la fecha del accidente hasta la sentencia, y luego la tasa pasiva más alta del Banco Provincia de Buenos Aires hasta el pago total. También se impusieron las costas del proceso a la parte demandada, en virtud de su condición de vencida.
La resolución detalla la condena a abonar 46.779.773 pesos, más intereses y costas, en el plazo de diez días a partir de la firmeza de la sentencia.