Condenaron a los primeros manifestantes detenidos con el protocolo antipiquetes: quiénes son y los detalles del fallo

Cuatro personas fueron declaradas culpables, mientras que un quinto imputado resultó absuelto porque la Fiscalía retiró la acusación en medio del debate. Habían protestado frente al Congreso mientras se discutía la Ley Bases

Un manifestante es detenido durante las protestas contra la Ley Bases (Foto: Gustavo Gavotti)

El Juzgado N° 28 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires condenó este lunes a los primeros manifestantes que llegaron a juicio tras ser detenidos mediante el protocolo antipiquetes. La jueza María Julia Correa declaró culpables a cuatro hombres por los incidentes que se produjeron en la noche del 2 de febrero de 2024, mientras el Congreso debatía la Ley Bases.

Astor Valentín Galán Vizgarra, Pedro Esquivel, Juan Carlos Denuble y Nelson Joaquín Arrúa fueron sentenciados a seis meses de prisión en suspenso por los delitos de resistencia y atentado a la autoridad. Dado el monto de la pena, no volverán a ser detenidos.

Los fundamentos de la condena se conocerán el próximo 25 de marzo.

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Un juicio hermético

La investigación del caso fue llevada adelante por el fiscal Tomás Vacarezza, y en el juicio la acusación la asumió su par Alejandro Miguel Gargano.

De acuerdo a la hipótesis del Ministerio Público, los manifestantes se encontraban en las inmediaciones de la Plaza del Congreso, donde durante la noche hubo un festival organizado por la agrupación “Unidos por la Cultura”.

Mientras la concentración era dispersada por las fuerzas de seguridad, efectivos de la Policía Federal Argentina capturaron a 14 personas, entre las que estuvieron los acusados en este debate.

Para la acusación, los detenidos “no fueron a manifestarse pacíficamente”, sino que abonaron un contexto de tensión y violencia que derivó en los incidentes posteriores entre la policía y quienes participaban de la protesta.

Según los agentes que declararon como testigos ante la jueza María Julia Correa, los ahora condenados arrojaron, al menos, una piedra u objeto contundente contra los uniformados. Así lo pudo saber Infobae de fuentes con acceso a las audiencias, pese al inusual hermetismo bajo el que se desarrolló todo el proceso.

Este medio solicitó permiso para presenciar el juicio oral y público, pero la Justicia porteña no brindó la autorización. Infobae también se contactó con funcionarios judiciales con llegada al Tribunal, y recibió como respuesta que “va a ser todo cerrado, no se puede ingresar”.

Los manifestantes fueron detenidos por la PFA, que esa noche capturó a 14 personas (Foto: Roberto Almeida)

Según indicaron fuentes del caso, también se les negó la presencia a familiares de los acusados, integrantes de organismos de derechos humanos y al público interesado en general.

El Juzgado N° 28 apenas habilitó a presenciar el juicio a la madre del más joven de los acusados y a un abogado de la Asociación Americana de Juristas.

Estas personas, además, tuvieron que entregar sus celulares cuando prestaron declaración testimonial seis agentes de la Policía Federal Argentina. Uno de ellos es un comisario que ofició como nexo entre el operativo y el Ministerio Público Fiscal, y los restantes son agentes que trabajaron en las detenciones de los manifestantes.

Antes de que empezaran las declaraciones de los uniformados, el público presente tuvo que entregar sus celulares, que quedaron bajo resguardo judicial. Así lo decidió la jueza Correa para que “no se afecte el normal desenvolvimiento de la audiencia”. En cambio, no pidió lo mismo cuando fue el turno de las indagatorias o del resto de los testigos.

Las defensas de los condenados, entre las que están los abogados Alexis Penella, Marcela Dal Santo y Martín Alderete, adelantaron que apelarán el fallo. En sus alegatos habían pedido la absolución de los acusados, a partir de la escasez de pruebas en su contra y las “contradicciones” en las que incurrió el personal policial, según su visión.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que se constituyó como amicus curiae, también había pedido el sobreseimiento de los manifestantes y calificó la causa como “un proceso de criminalización de la protesta social caracterizado por un uso abusivo del derecho penal”.

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