Reiteran que la Justicia argentina es competente para investigar delitos de lesa humanidad en Venezuela

La Cámara Federal porteña ratificó la competencia de la justicia argentina para investigar los crímenes que se le atribuyen al chavismo

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Nicolás Maduro en la audiencia ante la Justicia de Estados Unidos (REUTERS)

La Cámara Federal porteña confirmó hoy la competencia de la Justicia argentina para investigar crímenes de lesa humanidad en Venezuela en base al principio de justicia universal, al rechazar un nuevo pedido de nulidad del caso y exención de prisión del ex dirigente del régimen de Nicolás Maduro, Justo José Noguera Pietri.

Al igual que Maduro y su mano derecha Diosdado Cabello, el ex comandante de la Guardia Nacional Bolivariana Noguera Pietri tiene pedido de captura internacional por parte de la Justicia argentina desde 2024.

Maduro fue capturado esta semana por Estados Unidos en Caracas para ser juzgado por narcotráfico en ese país y a raíz de ello la querella y el fiscal federal Carlos Stornelli pidieron al juez federal Sebastián Ramos que tramite la extradición en la causa por delitos de lesa humanidad.

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La causa argentina

En Argentina y bajo el principio de jurisdicción universal se investigan ataques sistemáticos y generalizados contra la población civil venezolana desde al menos 2014.

La Cámara Federal tenía a estudio una apelación de la defensa de Noguera Pietri, que pidió la nulidad de toda la causa y además reclamó que se lo exima de prisión. El juez Ramos rechazó esos planteos en noviembre último.

Nicolás Maduro y Diosdado Cabello durante una marcha en Venezuela (EFE)

Los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi confirmaron ahora lo resuelto por el juez de instrucción: ratificaron el principio de justicia universal basado en lo resuelto en un fallo previo del mismo Tribunal de Apelaciones y negaron el beneficio de la eximición de prisión.

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La defensa, a cargo del abogado Fernando Sicilia, postuló que la justicia argentina no resulta competente para seguir interviniendo y que la instancia de juzgamiento es la Corte Penal Internacional.

Los camaristas sí aceptaron un planteo de la querella de Waldo Wolff y el abogado Tomás Farini Duggan, por el Foro Argentino por la Democracia en la Región y revocaron una decisión que había habilitado a la defensa de Noguera Pietri un acceso parcial al expediente judicial antes de su declaración indagatoria, en base a una decisión al respecto que había tomado la Cámara Federal de Casación con fundamento en el derecho a defensa.

La querella lo cuestionó porque “se pondría en peligro la integridad física de las víctimas de los graves hechos denunciados, colocándoselos en una posición de desprotección frente a un imputado que forma parte de los altos mandos de poder del gobierno de Venezuela”.

La protección universal

“Los hechos denunciados revisten características de extrema gravedad que generarían lesiones a derechos humanos fundamentales y, por tanto, habilitarían su protección universal sin dilación”, concluyeron los jueces Bruglia y Bertuzzi.

Estas consideraciones “de momento, no se han visto rebatidas” y los planteos de la defensa son reedición de lo ya resuelto por el mismo tribunal de apelaciones que en 2024 dispuso " la competencia de la jurisdicción argentina para continuar con la investigación y juzgamiento de los hechos". Fue cumpliendo este fallo que el juez Ramos libró las órdenes de detención.

No obstante, el Tribunal de Apelaciones aclaró ahora que esa competencia podría revisarse en el futuro si se acreditara la existencia de procesos en curso ante la Corte Penal Internacional, a fin de evitar una doble persecución penal. La CPI con sede en La Haya juzga los crímenes previstos en el Estatuto de Roma, entre ellos los de lesa humanidad.

La Cámara también ratificó la negativa a conceder la exención de prisión solicitada por Noguera Pietri. Señaló que el imputado permanece en libertad en Venezuela, donde seguiría vinculado a estructuras de poder, y que la gravedad de los hechos y la elevada expectativa de pena tornan inviable ese beneficio. El tribunal recordó que idéntico planteo ya había sido rechazado en febrero de 2025 y confirmado en marzo de ese mismo año.

El avance de la causa se produjo luego de que el 25 de septiembre de 2024, el juez federal Ramos ordenó la declaración indagatoria de Maduro y de su principal aliado político, Diosdado Cabello, y libró órdenes de detención internacional, con fines de extradición a la Argentina. La decisión abarcó a una decena de acusados, entre ellos Noguera Pietri.

Todos están imputados como supuestos responsables de un “plan sistemático” gestado desde lo más alto del poder para llevar adelante torturas, secuestros y ejecuciones.

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