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Casación rechazó un recurso de “El Rey de la Efedrina” y validó el decomiso de distintos lotes en Rosario

El máximo tribunal penal del país declaró inadmisible el planteo de Mario Segovia contra la sentencia que había confirmado la confiscación de inmuebles en el barrio inglés Fisherton

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario y ratificó la confiscación de los inmuebles vinculados a Segovia

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de Mario Roberto Segovia, conocido como “el Rey de la Efedrina”, contra la sentencia que confirmó el decomiso de distintos lotes ubicados en el barrio inglés Fisherton, en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Segovia alcanzó notoriedad en 2008, cuando fue detenido por ser considerado el mayor proveedor de efedrina de los carteles de droga mexicanos. Desde entonces, acumuló múltiples causas penales. En julio de 2021, por ejemplo, fue allanado en prisión por tráfico de armas y explosivos, acusado de montar una red para importar partes de ametralladoras y de explosivos destinadas a fabricar cartas y paquetes bomba.

Más recientemente, en abril de este año, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de La Plata lo condenó a 13 años de cárcel por liderar y dirigir desde el complejo penitenciario federal de Ezeiza una organización criminal dedicada al tráfico de partes de armas de guerra y explosivos desde el exterior para su venta a los capos narco de la ciudad de Rosario como Ariel “Guille” Cantero, líder de Los Monos; Esteban Lindor Alvarado; Julio Rodríguez Granthon, conocido como “El peruano”; Gustavo “Calavera” Pelozo e Ignacio “Ojito” Actis Caporale.

Mario Roberto Segovia, conocido como “El Rey de la Efedrina”, acumula múltiples condenas y causas penales desde 2008

El expediente resuelto ahora por el máximo tribunal penal del país estuvo en manos de la Sala I, integrada por los jueces Diego Barroetaveña, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, quienes se abocaron al estudio de la procedencia del planteo. El recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular del “Rey de la Efedrina” apuntaba a llegar hasta la Corte Suprema de Justicia para revocar el fallo de esa misma Sala de Casación que confirmó el decomiso de los lotes ordenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de San Martín.

Al analizar si era viable darle curso al planteo, el camarista Barroetaveña, encargado de liderar el acuerdo, reseñó el origen de las actuaciones y explicó: “Como lo sostuvo en jurisprudencia reiterada la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en la especie no ocurre”.

“Además, no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de su admisión, para que prospere la impugnación con ese respaldo es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo que la defensa no consiguió probar en su presentación", continuó el juez.

Segovia fue condenado por contrabando agravado y otros delitos vinculados al narcotráfico

Luego, señaló: “Por otro lado, la parte recurrente basó su impugnación en la reedición de agravios que tuvieron adecuada respuesta y que consisten en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo demostrar la relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada”.

“Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal -Javier Augusto De Luca-, el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular de Mario Roberto Segovia no puede prosperar y debe ser declarado inadmisible, con costas", cerró.

En segundo término, el juez Hornos sostuvo en su voto que el recurso “traído a consideración del Tribunal para que se pronuncie acerca de su viabilidad formal no puede ser autorizado”, ya que, según destacó, “no ha sido demostrada en el caso la alegada vulneración a principios y derechos constitucionales básicos en los términos de la apelante, a los efectos de ser considerados como una cuestión federal suficiente, debidamente fundada, que permita habilitar la competencia extraordinaria del máximo Tribunal (...)“.

El camarista Borinsky adhirió a los fundamentos de Barroetaveña para declarar “inadmisible” de manera unánime el recurso extraordinario, por lo que Segovia quedó habilitado para ir en queja hasta la Corte.

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