
El juez federal de Mercedes, Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, ordenó el levantamiento de la medida cautelar dispuesta en abril del año pasado y dispuso así la reanudación de la ejecución de las obras para el saneamiento del basural a cielo abierto más grande del país, ubicado en el partido bonaerense de Luján y conocido como “La Quema”, con cerca de 50 años de existencia.
La “prohibición de innovar” sobre el predio ubicado a la vera de la ruta 192 había sido impuesta por el juez tras una demanda de un grupo de vecinos que objetó que la obra de saneamiento, cuyo proyecto se enmarca dentro del Plan Federal de Erradicación de Basurales a Cielo Abierto y comprende una inversión conjunta entre Estado nacional y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) de 18 millones de dólares, presentaba determinadas “falencias técnicas” que suponían un perjuicio para las actividades frutihortícolas desarrolladas en ese partido.
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Según informó Infobae, el Proyecto Centro Ambiental Luján CAL incluye la construcción en el denominado Predio Sucre de un centro de separación y recuperación de materiales y de un relleno sanitario para la disposición final del material orgánico que quede como desecho. Hasta el momento de la paralización decretada por la Justicia, la ejecución de la obra estaba a cargo de la Municipalidad de Luján a través de la empresa EVA S.A., tras la licitación y la Declaración de Impacto Ambiental realizadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la provincia de Buenos Aires.
La medida cautelar aceptada entonces por el juez federal de Mercedes se fundó fundamentalmente en el principio preventivo, que apunta a ejercer acciones e intervenir judicialmente con el fin de evitar daños colectivos futuros relacionados con el ambiente. Esa disposición, de carácter provisoria, fue levantada este lunes en un fallo de 16 páginas al que tuvo acceso este medio.
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En efecto, al momento de resolver, el juez expresó: “En vista de los contratos de préstamo celebrados entre la República Argentina y el Banco Internacional de Desarrollo Nros. 3249 y 6657 -en el marco del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos-, se desprende que la paralización de las obras oportunamente dispuestas por la cautela en crisis, conllevan hoy a la posibilidad de que la entidad financiera suspenda los desembolsos y/o cancele los venideros”.
Y agregó: “De tal contexto, resultaría que el Estado Nacional deba cubrir los gastos ya efectuados, sumado a la posibilidad de afrontar futuros reclamos judiciales y de asimismo, poner en crisis la continuidad de la Política Federal GRISU de Erradicación de Basurales a Cielo Abierto en nuestro país, en el marco de la necesidad de profundizar las inversiones en infraestructura ambiental. Esto último denota la presencia a las claras de un interés público comprometido de orden colectivo”.
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A su término, el magistrado consideró como “evidente” a esta altura del proceso que “la participación del Banco Internacional del Desarrollo resulta esencial para que la concreción del proyecto sea posible, máxime en el contexto político económico instaurado desde 10.12.2023 -cese de transferencia de recursos coparticipables a la provincias-, dificultándose la reparación ulterior, en caso de suspensión o cancelación de los desembolsos pendientes”.

Luego reiteró: ”Se suma a la balanza en favor de la continuidad de las obras de construcción del Centro Ambiental Luján, la eventual caída del préstamo BID, cuyas consecuencias económicas negativas repercutirían en el erario federal, y el potencial abandono de una obra pública, afectándose en definitiva el interés público comprometido”.
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Y sumó: “adhiero en este estadio del proceso cautelar con lo apreciado por Alzada -Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín- en cuanto a que ‘...el posible perjuicio que podría ocasionar la continuidad del proyecto resultaría sensiblemente menor en comparación a la actual situación ambiental o al agravamiento que podría darse por la suspensión del avance de las obras enfocadas en lograr el cierre técnico del mayor basural a cielo abierto de la provincia de Buenos Aires…’”.
En esos términos, el juez resolvió levantar la prohibición de innovar y ordenó la reanudación de la ejecución de las obras para el saneamiento del basural a cielo abierto en Luján. También le encomendó al Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires “la supervisión de su ejecución, en miras al estricto cumplimiento de los condicionamientos dispuestos en el Anexo 1 de la Declaración de Impacto Ambiental”. Luego le requirió que, cumplida cada etapa de la obra, “acompañe un informe de gestión y cumplimiento”.
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Por último, el juez federal dispuso remitir de oficio a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas una copia del escrito presentado por la amparista -la Asociación Nuevo Ambiente-, donde manifestó la posible existencia de ciertas “irregularidades” vinculadas al destino de los pagos del préstamo otorgado por el BID en el marco del proyecto de saneamiento en curso.
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