La Procuración General dictaminó que los presos con condena firme de más de tres años no podrán votar

Eduardo Casal dijo que es constitucional la prohibición que establece el Código Penal y el Electoral. Será la primera vez que la Corte Suprema intervenga en una caso de derechos políticos de detenidos

Google icon
Uno de los pabellones de la cárcel de Ezeiza

El procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó que las personas con condenas firmes a penas de tres o más años de prisión no pueden votar. Así lo sostuvo en una presentación que hizo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en una causa en la que un condenado a seis años de prisión por venta de drogas reclamó su derecho al sufragio.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que Casal mantuvo la inhabilitación para votar que establece el Código Penal y el Código Nacional Electoral para las personas con prisión o reclusión de tres o más años. Este caso será el primero en el que el máximo tribunal intervenga para resolver sobre los derechos políticas de las personas detenidas y condenadas.

“La inhabilitación electoral priva a quien la sufre del ejercicio del derecho al voto que es trascendental para la vida democrática. Pero también el derecho a la libertad tiene la misma o incluso más trascendencia y, sin embargo, su privación como consecuencia de la imposición de una pena expresamente la admite nuestra Norma Fundamental (artículo 18)”, sostuvo en su dictamen sobre el alcance de la Constitución Nacional.

PUBLICIDAD

La causa la inició Víctor Manuel Zelaya, condenado a seis años de prisión por tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización. La condena quedó firme e inició una causa penal para poder votar. Planteó la inconstitucionalidad de las normas que lo prohíben.

El artículo 12 del Código Penal establece que “la reclusión y la prisión por más de tres años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena” y al inciso dos del artículo 19 establece como inhabilitación absoluta “la privación del derecho electoral”. En esa línea, el inciso tres del artículo tres del Código Electoral excluye del padrón a “los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena”.

El procurador Eduardo Casal (Nicolás Stulberg)

Así, en Argentina los presos con condenas firmes a más de tres años no puede votar. Si mantienen ese derecho quienes están procesado o no tengan una condena firme. Los presos en el país votan desde el 2007. Antes ningún detenido podía hacerlo. En las cárceles se votan con boleta única de papel.

PUBLICIDAD

El reclamo de Zelaya fue rechazado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata pero aceptado por la Cámara Federal de Casación Penal que declaró la inconstitucionalidad de las normas. El fallo fue apelado y llegó hasta la Corte Suprema.

En su dictamen de 13 páginas, Casal señaló que en el caso se discute “si el legislador puede constitucionalmente establecer penas que no consistan en la privación de la libertad, sino en la privación de otros derechos como, en el caso, el de votar”. Y señaló que además de las penas de prisión el Código establece otras como las multas, las inhibiciones o el decomiso.

“En definitiva, opino que no es correcto examinar la constitucionalidad de la inhabilitación para votar cual si aquello que estuviese en discusión fuese qué derechos pueden ser legítimamente restringidos como consecuencia de la ejecución de una pena privativa de la libertad. Se trata, antes bien, de una pena que tiene sustento legal en los artículos 5, 12 y 19, inciso 2°, del Código Penal, que además de participar del fundamento que asiste a las penas en general, reconoce también uno específico recogido desde antaño por la doctrina y la jurisprudencia, incluso –como se ha expuesto– la que promueve la inconstitucionalidad”, sostuvo Casal y agregó que “la regulación que ha hecho el legislador de esa inhabilitación, con base en esos fundamentos y en la gravedad del delito y de la pena impuesta, se mantiene dentro del marco de lo razonable”.

Los jueces de la Corte Suprema de Justicia

El caso de Zelaya será el primero en el que la Corte pueda intervenir sobre el derecho o no de los condenados a votar. Hubo otro caso que llegó al máximo tribunal pero no se pronunció sobre el fondo del reclamo.

Sobre estos casos la Cámara Nacional Electoral ya dijo que los condenados tienen derecho a votar. La primera vez fue en mayo de 2016 ante una presentación de la Procuración Penitenciaria de la Nación, el organismo que vela por los derechos de las personas detenidas. Allí la Cámara señaló que no hay una proporcionalidad entre la sanción electoral para no votar y el delito cometido y que puede haber algunos casos en los que la prohibición esté justificada pero que la ley no puede hacer una inhabilitación general. Así, le pidió al Congreso que dicte una reforma que establezca los alcances en cada caso.

Pero el Congreso nunca lo hizo a pesar de los proyectos que se presentaron. Luego hubo casos particulares que se presentaron con el mismo reclamo y la Cámara los aceptó. Pero los criterios de aplicación fueron dispares. En algunas jurisdicciones los jueces electorales los aceptaron y en otras no.

Seguir leyendo:

Más Noticias

Corrupción judicial en Rosario: confesó un nuevo arrepentido y mañana se vota el juicio político del juez Salmain

El imputado colaborador es Gabriel Mizzau, contador del exjuez Marcelo Bailaque y del narco Esteban Lindor Alvarado. Horas decisivas en el Consejo de la Magistratura para el futuro del titular del Juzgado Federal N° 1 de esa ciudad, Gastón Salmain

Miriam Quiroga presentó un certificado médico para evitar declarar en el juicio de los Cuadernos

La ex secretaria de Néstor Kirchner es considerada una testigo clave e intenta no presentarse en el juicio a CFK. Mañana el Tribunal seguirá escuchando a Hilda Horovitz, la ex pareja del remisero que escribió los cuadernos

Casación ratificó el procesamiento de Jorge D’Onofrio por presunto lavado en la causa de las fotomultas y la VTV

El máximo tribunal penal del país rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa del exministro de Transporte bonaerense. La investigación apunta a maniobras con infracciones de tránsito, contratos de verificación técnica y presunto ocultamiento patrimonial mediante testaferros

Sueños Compartidos: Schoklender declaró que por dirigir este proyecto su estándar de vida “cayó en picada”

El exapoderado de la Fundación Madres Plaza de Mayo amplió su indagatoria en la audiencia del juicio oral. Además, reveló un supuesto subsidio a la Universidad de las Madres para hacer denuncias contra el PRO

Fiscal pidió que la causa por la mansión de Pilar de supuestos testaferros de la AFA vuelva a un juez de CABA

El fiscal general Gabriel Pérez Barberá opinó que el caso que tiene en la mira a dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino que preside Claudio “Chiqui” Tapia debe salir de la órbita del juez federal de Campana Adrián González Charvay