La Cámara Federal rechazó aceptar como querellante al Ministerio de Justicia en la causa Lago Escondido

Así lo resolvió la Sala II:. los jueces Irurzun y Farah sostuvieron los fundamentos de la resolución, mientras que Boico, en minoría, votó por hacer lugar al pedido

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Lago Escondido
Lago Escondido

La Cámara Federal porteña ratificó este jueves que el Ministerio de Justicia no puede asumir un rol de querellante en la causa que investiga el viaje de un grupo de jueces, funcionarios porteños y empresarios a Lago Escondido. Así lo había resuelto la justicia de Bariloche, cuando la causa aún tramitaba en esa jurisdicción, pero la cartera que conduce el ministro Martín Soria apeló. Los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzun sostuvieron que no puede asumir ese rol en esta causa porque no hay justificación que le permita entrar a la causa.

“No están dadas las condiciones que fija la ley para obtener legitimidad activa con relación a la hipótesis planteadas”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae. Y en ese en ese voto mayoritario en que el fallo recordó que la causa también debe analizar si existió un espionaje ilegal en el marco de ese viaje. En minonía, el juez Roberto Boico votó por hacer lugar al pedido del Ministerio de Justicia y aceptarlo como querellante.

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La causa por el viaje a Lago Escondido investiga los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y aceptación de dádivas, a partir de la denuncia del abogado Marcelo Hertzriken Velasco, y la intervención de la fiscal federal María Cándida Etchepare. En el expediente aparecen imputados el ministro de Seguridad y Justicia de CABA, Marcelo D’Alessandro; el Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Juan Bautista Mahiques; el Juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Carlos Alberto Mahiques; los jueces Julian Ercolini, Pablo Yadarola, y Pablo Cayssials; el ex funcionario del Servicio de Inteligencia del Estado (SIDE), Leonardo Bergroth; y los empresarios Tomás Reinke, Pablo César Casey y Jorge Rendo.

La denuncia había sido radicada en octubre, pero cobró vuelo cuando se conocieron unos supuestos audios en donde los participantes del vuelo hablaban de la difusión de esa noticia y cómo manejarse en consecuencia. Esos diálogos -registrados en la aplicación Telegram- habrían sido sustraídos de un hackeo al teléfono celular de D’Alessandro, uno de los viajeros, a través de la duplicación de la tarjeta SIM. El ministro denunció el ingreso ilegal a su móvil pero dice que los chats fueron adulterados. Semanas más tarde se filtraron diálogos con otros funcionarios del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta que lo obligaron primero a pedir licencia y luego a renunciar.

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Los diálogos se conocieron el fin de semana previo a la condena de la vicepresidenta Cristina Kirchner a seis años de prisión en la causa Vialidad y fueron parte de la exposición que hizo la ex jefa de Estado tras su condena, el mismo día que anunció que no será candidata en 2023. Tras el fallo de coparticipación se difundieron otros chats. El presidente Alberto Fernández habló en cadena nacional anunciando un juicio político a la Corte Suprema y su ministro de Justicia Martín Soria se presentó en la causa de Bariloche, pidiendo medidas de prueba y el rol de querellante.

Martín Soria Alberto Fernández Juan Martín Mena
El presidente Alberto Fernández junto al ministro de Justicia Martín Soria y el viceministro Juan Martín Mena

A eso, la justicia de Bariloche le dijo que no. Y hoy el fallo de la Cámara Federal lo ratificó. Allí además se apuntó a que el Ministerio de Justicia solo se enfocó en apuntar contra el viaje pero nada dijo de la hipótesis del espionaje ilegal. “El proceso está hoy conformado por el objeto de dos expedientes acumulados jurídicamente. Se plantearon dos hipótesis de investigación”, señaló el fallo.

“Por un lado, se denunció a funcionarios públicos entre otros por supuestamente haber aceptado determinados servicios de costo económico, ofrecidos por empresarios en razón de los cargos que ejercían. Se agregó que aquellos beneficios podrían haber estado vinculados a específicas intervenciones que tuvieron en casos puntuales ligados a los roles que poseen. Por otro lado, se denunció el ‘hackeo y espionaje’ que habrían conducido de forma delictiva a acceder a comunicaciones realizadas desde teléfonos de aquellas personas”, afirmó.

En ese sentido, la Cámara Federal sostuvo que aún la fiscalía, a cargo de Federico Delgado, no dictaminó sobre esta hipótesis pero “mientras tanto parte de esos mensajes fueron expresamente referenciados en determinadas pretensiones, incluso del acusador público”. Se trata de un pedido de ampliación de medidas de prueba que solicitó la fiscalía la semana pasada ante el juez Sebastián Ramos, ahora a cargo de la causa.

Farah e Irurzun sostuvieron en ese contexto que el Ministerio de Justicia pidió ser aceptada como querellante en función de la primera de las hipótesis de la causa, pero planteó que las competencias de la cartera como parte del Poder Ejecutivo están fijadas normativamente. “Incluso tomado como punto de partida la hipótesis desarrollada en la solicitud –que pretende deducir eventuales alcances o conexiones de los eventos con actos propios de la actividad funcional de magistrados-, las características de aquellos no permiten observar –ni los argumentos del peticionante así lo demuestran- que pudieran generar un perjuicio directo a las atribuciones o deberes del Ministerio de Justicia, o que se esté ante un supuesto en que la ley autorice a constituirlo como querellante” ,se añadió.

En minoría, el juez Boico afirmó que había que tomar al Ministerio de Justicia como querellante en la causa. “A cuenta de lo que expresamente señaló la jueza en la resolución recurrida, esta investigación involucra a funcionarios públicos que ostentan la investidura de jueces federales de la Nación y los presuntos vínculos de éstos con fiscales locales, funcionarios ejecutivos y empresarios extranjeros y de medios. Solo a partir de allí, entonces, la presunta maniobra delictual cuya pesquisa requirió otrora la fiscal y la posible afectación al patrimonio estatal que exige la norma no puede ser descartada en los prolegómenos de la instrucción”, opinó.

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