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La Guatemala asume la presidencia pro témpore de la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo para 2026-2027

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda relacionó la designación con la reciente reforma portuaria y con el impulso de proyectos sobre desarrollo de terminales, conectividad regional y competitividad en Centroamérica

Un gráfico informativo con texto oficial, dos hombres en traje y uniforme naval junto a banderas nacionales y un logotipo en el fondo.
Guatemala asume la presidencia pro témpore de la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo para el periodo 2026-2027 durante un acto oficial. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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Guatemala asumió la Presidencia Pro Témpore de la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo COCATRAM para el período agosto 2026-agosto 2027, una designación que el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda vinculó con el nuevo marco legal portuario del país y con la posibilidad de impulsar desde ese espacio regional acciones sobre desarrollo portuario, conectividad y competitividad en Centroamérica.

El relevo llega después de la aprobación del Decreto 20-2026, la Ley General del Sistema Portuario Nacional, avalada por 123 votos en el Congreso de Guatemala durante la madrugada del 5 de agosto.

El CIV asumirá esa representación en su calidad de Autoridad Portuaria Nacional y como institución responsable de las competencias del Estado en materia de transporte. Esa condición también se apoya en su representación ante el Consejo Sectorial de Ministros de Transporte de Centroamérica, identificado en el texto como COMITRAM.

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La Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo tiene como función asesorar a ese consejo ministerial en asuntos relacionados con el transporte marítimo y el desarrollo portuario de la región, dentro del marco del Sistema de Integración Centroamericana. El ministerio sostuvo que la presidencia permitirá dar continuidad a proyectos regionales e iniciativas incluidas en el marco estratégico institucional del organismo.

Tres hombres de pie en una oficina, dos vestidos con traje formal y uno con uniforme militar blanco, frente a banderas nacionales
El CIV ejercerá la representación de Guatemala en COCATRAM como Autoridad Portuaria Nacional y por sus competencias en transporte. (Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda)

La nueva presidencia regional coincide con la reforma del sistema portuario guatemalteco

La designación de Guatemala ocurre en un momento que el propio ministerio describió como relevante para el sector portuario nacional, tras la aprobación de la nueva ley general. Durante ese proceso, la COCATRAM acompañó y brindó cooperación técnica.

La normativa aprobada por el Congreso busca modernizar el marco legal de los puertos, fortalecer la seguridad y la competitividad del comercio exterior y crear una autoridad nacional autónoma para ordenar un sistema que, arrastraba duplicidad de funciones, instituciones obsoletas y falta de reglas claras para invertir y expandir infraestructura.

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La ley responde además a una carencia específica: Guatemala no contaba con una autoridad nacional moderna y autónoma para regular el sistema portuario. El decreto también apunta a corregir la insuficiencia de estándares de seguridad y protección portuaria, así como el cumplimiento del Código Internacional para la Protección de Buques e Instalaciones Portuarias.

El eje institucional de la reforma es la creación de la Autoridad Portuaria Nacional como entidad autónoma y descentralizada del Estado. Tendrá facultades para regular, planificar, fiscalizar, inspeccionar, verificar y sancionar el cumplimiento de la ley, sus reglamentos y los convenios internacionales ratificados por Guatemala en materia portuaria.

La ley incorpora digitalización, planificación logística y nuevas tarifas

El artículo 11 define la integración del directorio de la autoridad portuaria. Estará compuesto por un miembro titular y su suplente designados por el presidente de la República en Consejo de Ministros, junto con representantes del Ministerio de Economía, el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda y el Ministerio de Gobernación.

Entre las modificaciones aprobadas también se redefinieron conceptos como administrador portuario público y privado, área de influencia portuaria, espejo de agua y servicio comercial portuario. El objetivo fue delimitar con mayor claridad las competencias de la futura autoridad y de las demás instituciones involucradas.

La ley fortalece además la creación del CONAPROP, integrado por instituciones como Gobernación, Defensa, la SAT, Migración, la PNC y el Ministerio Público. También crea un Equipo Auditor Interinstitucional para verificar en campo el cumplimiento de las medidas de protección portuaria.

El decreto incorpora un componente de digitalización de servicios portuarios mediante un portal interinstitucional para realizar trámites electrónicos con un esquema de ventanilla única. También prevé el Plan Nacional Integral de Desarrollo Portuario, conocido como Planport, que deberá reducir tiempos y costos del comercio exterior y fijar objetivos, prioridades, metas e indicadores para el desarrollo, la modernización y la sostenibilidad del sistema.

El artículo 53 establece el patrimonio del sistema e incluye una tarifa portuaria aplicable a todo buque por el manejo de carga en operaciones de embarque y desembarque. También fija una tarifa turística de USD 2 por pasajero que desembarque o aborde embarcaciones tipo crucero o similares, de la cual el 50% corresponderá al operador público cuando las instalaciones turísticas funcionen dentro de áreas administradas por operadores públicos portuarios.

La norma parte de la posición geográfica de Guatemala, entre los océanos Pacífico y Atlántico, como base para facilitar el comercio internacional, reducir distancias hacia América del Norte y del Sur y funcionar como puente logístico para Centroamérica. En ese esquema, el texto identifica como puertos principales a Puerto Quetzal, en el Pacífico, y a Puerto Santo Tomás de Castilla junto a Puerto Barrios, en el Atlántico.

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