
La denunciante de Nacho Cano ha solicitado a través de su defensa la reapertura del procedimiento abierto contra el productor musical al entender que puede existir la presunta comisión de un delito de detención ilegal, aportando vídeos realizados antes de que se iniciaran las actuaciones.
El abogado de Lesly Ochoa, el letrado Alfredo Arrien, ha detallado a Europa Press que se ha pedido la nulidad del auto en el que la Audiencia de Madrid acordaba el archivo provisional, solicitándose que se reabran las diligencias.
Para ello, la defensa ha aportado vídeos grabados por la bailarina que acreditarían, según el letrado, que estaba "sometida al control de la organización liderada" por el excomponente de 'Mecano'.
El pasado mes de abril, la Audiencia acordó el archivo provisional al entender los magistrados que los imputados no trataron de introducir a los ciudadanos mexicanos que llegaron a España a representar el musical de forma clandestina.
Los magistrados estimaban el recurso interpuesto por cuatro de los investigados contra el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid en las Diligencias Previas 2001/2024.
El pasado enero, el afamado productor musical desfiló por los juzgados y se desvinculó de los hechos, lanzando un mensaje al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al que acusó de "corrupto". "Vas a por mí, pero no voy a caer porque no lo merezco", aseguró el exintegrante de 'Mecano'.
La Sala determinaba que de lo actuado se desprende una falta de indicios suficientes de comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y de los extranjeros, con independencia de que "cumplan o no los requisitos administrativos a valorar en otra jurisdicción, lo cual es ya entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde al Juzgado".
Los magistrados concluían que los investigados "no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería, sino siguiendo un procedimiento no poco común consistente en entrar como turista sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes, práctica asumida por la normativa de la Unión Europea".
En la misma línea, la Sala establecía que "no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada".
Abundaban los magistrados en que "el procedimiento puede ser o no el adecuado pero no llega a integrar la gravedad del tipo penal del artículo 318 bis", que castiga el tráfico ilegal de personas.
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