
La decisión del Tribunal Supremo (TS) de investigar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos es un punto y aparte en un camino que arrancó el 2 de febrero con la negociación vía correo electrónico del abogado de Alberto González Amador --pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso-- con la Fiscalía de Madrid para reconocer delitos de defraudación fiscal, y que tuvo un claro punto de inflexión en la nota informativa de la Fiscalía Provincial de Madrid del 14 de marzo y en la asunción de toda responsabilidad sobre la difusión de la misma por parte del fiscal general.
Tal y como recoge el auto de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, que supone la histórica imputación de un fiscal general, todo comienza el 23 de enero de 2024, cuando la Sección de Delitos Económicos de la Fiscalía Provincial de Madrid abrió unas diligencias de investigación penal contra González Amador a consecuencia de una denuncia de la Agencia Tributaria por hechos que podían ser constitutivos de delito.
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No habían pasado ni 10 días de esa decisión cuando el 2 de febrero el abogado de la pareja de Díaz Ayuso "se puso en contacto (...) para proponer un pacto con el Ministerio Fiscal a fin de reconocer los hechos delictivos y conformarse con una determinada sanción penal".
Esos dos hitos, que recoge el auto, fueron plasmados en una nota informativa de la Fiscalía de Madrid que fue difundida el 14 de marzo para salir al paso de determinadas noticias publicadas en medios en referencia a esa investigación y que sostenían que fue el Ministerio Público quien había ofrecido un pacto al abogado de González Amador. Y esa nota de Fiscalía es la que ha llevado a García Ortiz a ser investigado por el Supremo.
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LOS DETALLES DE LA NOTA INFORMATIVA
En esa nota de prensa, la Fiscalía explicaba también que el 7 de febrero, el fiscal especialista en delitos económicos encargado del asunto de González Amador, Julián Salto, dictó un decreto de conclusión de las diligencias de investigación, y en el mismo acordaba la interposición de una denuncia contra el novio de Díaz Ayuso y otros por "delitos de defraudación tributaria y falsedad documental". Y todo a pesar de que la propuesta del abogado de González Amador incluía reconocer dos delitos fiscales por el impuesto de sociedades de los años 2020 y 2021.
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La nota de prensa arrojaba más datos, y es que cinco días después de interponer esa denuncia, el 12 de febrero, el fiscal contestaba al abogado de González Amador manifestándole que tomaba conocimiento "de la voluntad de su cliente de reconocer los hechos y satisfacer las cantidades presuntamente defraudadas". Ese textual que habría enviado el abogado fue recogido tal cual en el comunicado.
Un día después, el fiscal encargado del asunto interpuso la denuncia contra González Amador y otros cuatro individuos, y el 20 de febrero se envió al Juzgado de Instrucción Decano de Madrid.
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Ya el 12 de marzo, siempre según la nota informativa que lanzó la Fiscalía, el fiscal encargado remitió la denuncia por correo electrónico al letrado de González Amador "para facilitarle el derecho de defensa" y le reiteró que la existencia de otras personas denunciadas en ese procedimiento no constituía un obstáculo para que se pudiera alcanzar una conformidad penal.
Esa nota informativa concluía señalando que "el único pacto de conformidad, con reconocimiento de hechos delictivos y aceptación de una sanción penal, (...) es el propuesto por el letrado" del novio de Díaz Ayuso el 2 de febrero.
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LAS NOTICIAS EN PRENSA
Previo a ese comunicado de prensa, y tal y como recoge el auto del Supremo, hubo varias publicaciones en medios de comunicación que incluían las informaciones recogidas posteriormente en esa nota de prensa ordenada por García Ortiz.
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El Supremo cita por ejemplo que el 13 de marzo un medio radiofónico recogía "con varios textuales" el correo de ofrecimiento de un pacto por parte del abogado de González Amador. También señala que hasta cuatro medios se adelantaron a contar esa información "reservada" antes de que la publicara el Ministerio Público.
El auto recoge también un hecho relevante, y es que la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, explicó en instrucción que el 13 de marzo a partir de las 21.30 horas recibió en su casa una llamada de la Fiscalía General del Estado en la que le pedían los correos electrónicos intercambiados entre Julián Salto y el abogado de González Amador con el objetivo de dar una nota de prensa "para desmentir una información que está circulando por las redes".
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Así, reconoció que tras requerírselos a Salto, fue ella quien se los envió al fiscal general, y que recibió por la noche un borrador de la nota para revisar "si el iter procesal era correcto".
LA REACCIÓN DE RIBÓN
La nota difundida por el Ministerio Público ese 14 de marzo generó un tsunami de reacciones tanto políticas como jurídicas, y el primero en dar un paso al frente para denunciar un presunto delito de revelación de secretos fue Eugenio Ribón, decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Esto se produjo el 20 de marzo, y un día después era el propio González Amador quien se querellaba por ese mismo delito contra Pilar Rodríguez y contra Julián Salto, el fiscal encargado de su caso.
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Ya a mediados de abril, el propio fiscal general en una declaración institucional señaló que asumía la "responsabilidad última" de la difusión de esa nota informativa, y defendía su decisión alegando que no toleraría que ningún fiscal tuviera que soportar las consecuencias del funcionamiento transparente de la institución.
El asunto cogió de nuevo vuelo cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acumuló ambas denuncias y el 7 mayo las aceptó. Más tarde, ya el 5 de julio, el sindicato Manos Limpias registro otra querella, pero esta vez directamente contra García Ortiz por un presunto delito de revelación de secretos, dado que le hacía responsable de la difusión de esa nota informativa.
En paralelo, y viendo el cariz que cogía la investigación, a primeros de junio García Ortiz remitió un escrito al TSJM recordándole que carecía de competencia para investigar los hechos relativos a la difusión de la nota de prensa dado que correspondía a la Sala Segunda del Tribunal Supremo toda vez que su publicación no se hubiera producido sin su previa autorización y sus instrucciones "expresas y directas".
EL INFORME DE LA FISCAL
El 11 de junio, el TSJM admitió su falta de competencia y dejó de practicar actividad instructora. Y ya el 15 de julio, el instructor acordó elevar a la Sala Segunda del Tribunal Supremo una exposición motivada señalando que era el Alto Tribunal quien debía ostentar la competencia dado el aforamiento del fiscal general.
El asunto de nuevo se congeló por la llegada del verano --agosto es inhábil para la administración de justicia--, pero el 30 de septiembre trascendió el informe de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, que a la par que señalaba que era pertinente que el caso se estudiara en el Alto Tribunal tanto para García Ortíz como para la fiscal jefa de Madrid, Pilar Fernández, añadía que los hechos no eran constitutivos de delito y se decantaba por pedir el archivo.
Ahora, el Alto Tribunal ha acordado que se deben realizar las oportunas diligencias de investigación para "confirmar o descartar los indicios suficientes de criminalidad" contra García Ortiz y Pilar Fernández y "el grado de participación indiciara de los querellados en los mismos".
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