Cambiar de empleo implica una serie de trámites y decisiones que, si no se gestionan con cuidado, pueden derivar en pérdidas económicas o en la ausencia de protección legal durante los primeros meses en la nueva compañía. Para quienes estén en esta situación, el abogado Ignacio de la Calzada detalla en uno de sus últimos vídeos de TikTok (@laboral_tips) una serie de recomendaciones dirigidas a quienes están a punto de dimitir, con el objetivo de que el cambio de empresa no suponga una merma en sus derechos laborales, tanto en el puesto que se abandona como en el que se inicia. “Si vas a dejar tu trabajo, te dejo algunos consejos para evitar que te engañen y que pierdas derechos, tanto con la nueva empresa como con la antigua”, comienza diciendo el experto.
Según explica el letrado, lo primero que debe revisarse al presentar la dimisión es el plazo de preaviso establecido en el convenio colectivo de aplicación. “Recomiendo dar siempre el preaviso y revisar en el convenio si son quince días o más”, señala De la Calzada.
PUBLICIDAD
El especialista advierte que este periodo puede extenderse más allá de lo habitual: “Hay veces que es un mes o incluso dos, lo que va a hacer que, si no se lo concedes, te lo descuenten de la nómina”. La consecuencia directa de no cumplir con este plazo, apunta, es trabajar sin cobrar esos días: “Al final, trabajar gratis no le gusta a nadie”.
La importancia de contar con una oferta por escrito
Antes de formalizar la renuncia en la empresa actual, el abogado insiste en la necesidad de contar con un respaldo documental de la nueva propuesta laboral. “Que te la envíen por escrito, por email: sueldo, condiciones, horario, fecha de incorporación, para tener lo que se llama un precontrato”, explica. Este documento adquiere relevancia si la nueva compañía decide, en el último momento, no proceder con la contratación.
“Para el caso de que, de repente, dijeran que no cuentan contigo, podrías reclamar una indemnización por daños y perjuicios, porque has dimitido dejando un trabajo y no teniendo derecho a paro y al final no te han contratado por esa oferta”, detalla De la Calzada.
PUBLICIDAD
Uno de los puntos que el abogado remarca es la forma en que se negocia la retribución. “Pacta el sueldo en bruto, nada de pactar a neto”, afirma. La razón, según explica, tiene que ver con la falta de respaldo formal de este tipo de acuerdos y con los cambios en la tributación: “Pactar los salarios a neto, primero, que no se establece normalmente por escrito y puede suponer que después pierdas sueldo”.
De la Calzada ilustra el riesgo con un ejemplo concreto: si una persona cobra 1.500 euros netos y el IRPF baja, “la mayoría de empresas lo que hacen es que siguen pagándote lo mismo y te bajan la base de cotización, con lo que realmente te han bajado el sueldo”. El resultado, advierte, es que “estás cobrando el mismo neto, pero tu salario no es el de antes”.
La cláusula de actualización salarial, una garantía poco habitual
Otro de los aspectos que el abogado recomienda negociar desde el inicio es la actualización anual del sueldo, sobre todo en los casos en que la retribución pactada supera lo establecido en el convenio colectivo. “Cuando cobras por encima de convenio, con las mejoras que te van a dar, no tienes derecho a que cada año, si hay revisiones de los convenios colectivos y las tablas salariales, te actualicen el sueldo”, explica.
PUBLICIDAD
Sin este pacto expreso, el riesgo es una pérdida progresiva de poder adquisitivo: “Nunca vas a ver una mejora, salvo que la empresa quiera”. Por ello, propone incluir una cláusula específica: “Establece que anualmente se va a actualizar conforme a la subida de tablas salariales, conforme al IPC”. El abogado es claro respecto a las consecuencias de omitir este punto: “Si no lo haces cada año, vas a ir perdiendo poder adquisitivo. Y esto no lo pacta nadie”.
Más allá de las condiciones económicas, De la Calzada alerta sobre una situación que puede dejar al trabajador sin ningún tipo de cobertura: no superar el periodo de prueba en la nueva empresa poco tiempo después de haber dimitido del empleo anterior. “Si no superas el periodo de prueba y han pasado menos de tres meses desde la dimisión, no vas a tener paro”, avisa.
Frente a este escenario, aconseja negociar una cláusula de blindaje que proteja al empleado, en especial a quienes llevan muchos años en un puesto y reciben una oferta para cambiar de compañía. “Si puedes colar, por ejemplo, que en caso de que te despidan durante el primer año, tienes derecho a cobrar la indemnización que hubieras tenido en el otro trabajo”, señala, de modo que la nueva empresa “te reconozca y te garantice que durante al menos el primer año no te va a despedir”.
PUBLICIDAD
Un escenario que se repite con frecuencia
De la Calzada relata un patrón que, según su experiencia, no es excepcional: trabajadores que renuncian a un puesto consolidado para incorporarse a una nueva empresa y terminan despedidos a los pocos meses sin la protección adecuada. “Empiezas en una nueva empresa, superilusión, todo bien. Hay un típico jefe cabrón que no te quiere ahí. Al final te despiden”, describe.
En esos casos, añade, “pasan tres, cuatro, cinco, seis meses. Despido, que luego es improcedente, y te quedas así, porque la indemnización es basura”. Por ese motivo, el abogado concluye que renunciar sin ningún tipo de resguardo contractual “no es la mejor opción, hasta cierto punto”.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD