Maricarmen Abascal, la mujer que hizo estallar la indignación frente a los desahucios en España y que finalmente no pudo regresar a su casa porque falleció este miércoles en el hospital Gregorio Marañón de Madrid, ha puesto en el foco una realidad que atraviesan otras muchas personas mayores vulnerables con contratos de alquiler de renta antigua. Es el caso de Margarita, una mujer de 87 años residente en Palma de Mallorca a la que un fondo de inversión quiere desalojar de la casa donde lleva cinco décadas viviendo. Afronta un juicio el próximo 10 de noviembre “pese a haber saldado las cantidades reclamadas” por la empresa tras un retraso en el pago de la cuota, explica a Infobae su abogada, Aina Díaz, que confía en que la Justicia tenga en cuenta que su clienta pasó por un tratamiento oncológico en medio de todo este proceso.
El contrato de renta antigua de Margarita lo firmó su marido en 1973, durante la dictadura franquista y, tras su fallecimiento en 2008, ella se subrogó como arrendataria y mantuvo el derecho a permanecer en la vivienda. Esta situación difiere de la de Maricarmen, que era segunda subrogada, lo que permitió poner fin a su alquiler en 2007 y después abrir la vía a su desahucio, aunque también aquí la vecina del distroto de Retiro logró algo histórico: que el fondo Urbagestión Desarrollo e Inversiones diera marcha atrás y permitiera su regreso a la casa del distrito de Retiro donde vivió 71 años de alquiler. La victoria de Maricarmen, sin embargo, llegó demasiado tarde y no ha podido morir tranquila como había pedido.
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En el caso de Margarita, tras el fallecimiento de su marido, mantuvo el acuerdo de seguir pagando a la propiedad el alquiler en una única cuota anual que ahora ronda los 1.200 euros. Pero la situación cambió en 2023, cuando un fondo de inversión formado por dos empresarios españoles compró casi todo el bloque, incluyendo su piso, y le enviaron un burofax para comunicarle tanto el cambio de cuenta bancaria como que, a partir de entonces, debía abonar el alquiler cada mes.
El aviso coincidió con el inicio de su tratamiento por cáncer de mama. Margarita acudió al banco y ordenó el pago correspondiente a un mes, convencida de que la entidad dejaría programada una transferencia periódica, pero el ingreso no se repitió en los meses siguientes. “Ella pensó que el banco había dejado domiciliado el pago y que el asunto estaba resuelto. Además, poco después, el cáncer reapareció y sufrió una caída en la que se fracturó dos vértebras, así que su hijo decidió llevársela a su casa durante unos meses para que estuviera mejor atendida”, explica su abogada.
Durante ese tiempo, “y con toda la buena fe del mundo”, sostiene Díaz, el hijo entregó a la propiedad las llaves del piso de Margarita para que pudieran realizar reformas, aunque a su regreso, meses después, comprobó que habían retirado los aparatos del aire acondicionado y que no habían instalado el telefonillo del portero, “lo que dificulta que puedan saber si el cartero trata de entregar una notificación”.
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Sin información sobre los impagos
La abogada aclara que, durante todo ese período, el fondo propietario del edificio nunca comunicó al hijo que el alquiler no se abonaba mensualmente. En 2025, tras completar el tratamiento oncológico y recuperarse de una doble mastectomía, el hijo avisó de que Margarita volvería a vivir en el piso y fue solo entonces cuando la propiedad le informó de los impagos. Pese a que Margarita abonó todas las cuotas pendientes, los dueños le comunicaron que habían decidido echarla del piso: la demanda ya había sido presentada.
“No ha habido voluntad de incumplir el contrato”
La empresa, explica Díaz, no reclama una deuda, sino la finalización del contrato por supuestos retrasos reiterados y de mala fe en el pago. La abogada rechaza esa interpretación y sostiene que el impago se produjo por una confusión administrativa durante una enfermedad grave, pero no por voluntad de incumplir las obligaciones de arrendamiento.
“Esta empresa ha comprado prácticamente todo el edificio con el objetivo de reformar los pisos y convertirlos en alquiler turístico para sacar un mayor rendimiento económico, como están haciendo tantos otros fondos”, asegura la abogada, ya que además se trata de un barrio de Palma en plena revalorización. En la ciudad, de hecho, el precio medio de la vivienda ya supera los 5.100 euros por metro cuadrado y Baleares se mantiene como la comunidad autónoma con la vivienda más cara de España, superando ampliamente la media nacional tanto en compraventa como en alquiler.
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En ese contexto, Díaz sostiene que el juzgado debe valorar las circunstancias personales de Margarita, incluido el proceso oncológico que ha atravesado. La abogada se apoya en una sentencia del Tribunal Supremo de 2024 que fija ese criterio para casos similares y confía en que se aplique en el juicio previsto para el 10 de noviembre.
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