En los procedimientos civiles, no todos los conflictos llegan a una vista oral. La respuesta de la parte demandada puede modificar el curso del caso si no existe desacuerdo sobre los hechos o sobre la petición formulada. El abogado Sergio Capellán aborda esta posibilidad en un vídeo publicado en su cuenta de TikTok, @capellanugaldeabogado_.
Capellán explica que es posible “ganar” una demanda sin llegar a celebrar un juicio cuando la parte demandada admite por completo lo que se le reclama en el mismo. “Sí, se llama allanamiento y hoy te lo explico”, afirma.
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El letrado sitúa el concepto dentro de una demanda en la que una persona reclama una cantidad de dinero a otra. Su explicación parte de un supuesto en el que el demandante presenta un escrito con su petición y los motivos que, a su juicio, la justifican. La clave no está solo en la presentación de la demanda, sino en la postura que adopte la otra parte al recibirla.
La aceptación íntegra
Capellán describe el mecanismo con un ejemplo de reclamación de dinero: “Imagina que demandas a alguien porque le tienes que reclamar una cierta cantidad de dinero”. Según plantea, el punto decisivo ocurre cuando el demandado responde a la demanda y acepta el contenido del escrito. “Le llega la demanda y la otra parte dice: ‘Reconozco lo que me pides y además acepto lo que pone en la demanda’”, señala. “Y a eso se le llama allanamiento”, añade.
La admisión a la que se refiere debe abarcar la totalidad de lo solicitado. No se trata, según expone, de que el demandado acepte una parte de la reclamación y rechace otra, sino de que dé conformidad al contenido completo de la pretensión planteada por quien inició el procedimiento. Esa diferencia resulta determinante para entender por qué el asunto puede no requerir una discusión posterior ante el juez.
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El abogado define el concepto en términos procesales: “Significa que el demandado reconoce lo que el demandante pone en el escrito”. A partir de ese reconocimiento, sostiene, el litigio pierde su razón de ser.
El requisito para evitar el juicio
Capellán vincula el juicio con la existencia de posiciones enfrentadas. Si una de las partes reclama una determinada cantidad y la otra niega que deba abonarla, hay un desacuerdo que debe resolverse. En cambio, si el demandado asume lo que se le solicita, desaparece el conflicto que justificaría un debate entre ambas partes sobre esa petición concreta.
“Un juicio se da cuando hay una controversia, cuando hay un conflicto”, indica Capellán al diferenciar el supuesto de allanamiento del escenario habitual de disputa entre las partes. “Pero si la otra parte te da la razón, normalmente no hace falta acudir ante el juez para resolver nada”, dice.
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El abogado remarca que este desenlace no depende de que la reclamación haya comenzado ante los tribunales, sino del contenido de la contestación. El allanamiento, en el ejemplo que plantea, supone que el demandado no discute ni la cantidad reclamada ni aquello que el demandante ha expuesto para pedirla.
Sergio Capellán remarca que la posibilidad de evitar la vista depende de que la admisión sea total: “Así que sí, se puede ganar un juicio sin tener que pisar la sala, pero siempre y cuando la otra parte reconozca todo lo que se está pidiendo”.
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