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Ignacio de la Calzada, abogado: “El 90% no sabe que puede reclamar esto después de un despido”

Las vacaciones no disfrutadas no se pierden con el despido y un abogado explica cómo reclamar hasta cinco años de días acumulados que la empresa debe pagar

Un empleado lee su finiquito y la carta de despido en una oficina, con cajas de mudanza sobre su escritorio. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Cuando una relación laboral termina, el finiquito no siempre cuenta toda la historia. Puede haber días de vacaciones que el trabajador no llegó a disfrutar y que tampoco aparecen reflejados en la liquidación. En esos casos, el tiempo transcurrido y la forma en la que la empresa gestionó esas vacaciones pueden ser determinantes para saber si todavía existe derecho a reclamarlas.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló un derecho laboral que la mayoría de los trabajadores desconoce: las vacaciones no disfrutadas no se pierden automáticamente con el paso del tiempo, y pueden reclamarse incluso después de un despido. Así lo explica en un video de su perfil de TikTok (@laboral_tips) Ignacio de la Calzada, abogado con sentencias propias en esta materia, que advierte de que “el 90% no sabe que puede reclamar esto después de un despido”.

¿Cuándo se pierden las vacaciones no disfrutadas?

Existe una idea muy extendida entre los trabajadores: si las vacaciones no se disfrutan antes de que termine el año, desaparecen. Sin embargo, no siempre es así. La clave está en saber si la empresa permitió realmente al trabajador disfrutar de esos días y cumplió con su obligación de informarle y facilitar su disfrute.

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Según De la Calzada, “el trabajador solo pierde el derecho a las vacaciones cuando su empresa le ha insistido en, por ejemplo, darle una fecha para que las disfrute y no lo ha hecho”. Por tanto, que un empleado no haya solicitado por iniciativa propia todos sus días de descanso no significa necesariamente que los haya perdido.

La normativa laboral establece que las vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre empresa y trabajador y que este debe conocer las fechas con una antelación mínima de dos meses. Además, la jurisprudencia europea ha insistido en que la empresa debe garantizar de manera efectiva que el empleado pueda disfrutar de sus vacaciones.

Esto resulta especialmente importante cuando no existen registros claros de que la compañía haya ofrecido o fijado fechas para disfrutar esos días. En caso de conflicto, la actuación de la empresa puede ser determinante para establecer si las vacaciones se perdieron o si, por el contrario, siguen siendo reclamables.

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¿Se pueden reclamar las vacaciones después de un despido?

Sí, en determinadas circunstancias. Un trabajador que abandona la empresa, ya sea por despido u otra causa, puede reclamar la compensación económica correspondiente por las vacaciones que haya generado y no disfrutado, siempre que el derecho no haya prescrito.

La cuestión puede ser especialmente relevante cuando durante años se han acumulado días de vacaciones sin disfrutar. Con el mínimo legal de 30 días naturales de vacaciones al año, la cantidad pendiente puede llegar a representar una suma importante en el momento de la liquidación. “Si llevas tres, cuatro y me dices: ‘No, Nacho, es que nunca he hecho vacaciones o solo hacía cinco o diez días’, será la empresa en el juicio quien tenga que justificar y demostrar que te has disfrutado esas vacaciones”, señala el abogado.

Un documento de finiquito con datos de pagos finales y una pluma ilustra el cierre de una relación laboral. (Imagen Ilustrativa Infobae)

Ahora bien, conviene no confundir la posibilidad de reclamar con la existencia de un plazo ilimitado. En España, el Estatuto de los Trabajadores establece con carácter general un plazo de prescripción de un año para las acciones derivadas del contrato que no tengan un plazo específico. Por eso, el tiempo disponible para reclamar debe analizarse en función de las circunstancias concretas de cada caso.

¿Y si el trabajador sigue en la empresa?

La posibilidad de reclamar no desaparece porque el contrato continúe vigente. Un empleado que acumula vacaciones que no ha podido disfrutar también puede exigir que se respete su derecho al descanso, siempre teniendo en cuenta las circunstancias y los plazos aplicables. “Si te han despedido o también estás trabajando, se pueden reclamar el cobro, si ya no estás en la empresa o si estás ahí, poder disfrutarlas”, concluye el abogado.

En estos casos, conservar correos electrónicos, calendarios, solicitudes de vacaciones o cualquier comunicación relacionada con las fechas de descanso puede ser importante. Esa documentación permite comprobar qué días se solicitaron, cuáles fueron autorizados y, sobre todo, si la empresa puso realmente los medios necesarios para que el trabajador pudiera disfrutar de sus vacaciones.