El Estado se queda tu herencia si no haces testamento, pero solo en un caso: “Lo que sí puedes evitar son líos familiares”

Es un mito que Hacienda pueda quedarse con todos tus bienes cuando falleces, así como que puedas repartirlos con libertad

Firma de un testamento y el abogado Xavi Abat.

Aún hoy se sigue escuchando que si no haces testamento, todo lo que tienes se lo queda el Estado. Realmente hay un caso en el que esto puede ocurrir, pero no depende precisamente de haber pasado o no por el notario. Otro de los mitos en materia de sucesión es que puedes repartir tu patrimonio como quieras, según tu voluntad. No es así.

Recientemente, el abogado Xavi Abat, CEO y fundador de B2B Asesores Legales y de Distrito Legal, también profesor, ha compartido en sus perfiles en redes sociales, donde atesora 1,5 millones de seguidores, un vídeo en el que explica estas dos circunstancias a fin de tratar de enterrar de una vez imprecisiones tan gruesas en torno a las herencias.

Por ejemplo, en relación con si tienes total libertad sobre tu herencia, antepone que “la ley no te deja porque existe lo que se llama la legítima, que significa que una parte está reservada sí o sí para los herederos forzosos, que son tus hijos o tus padres”. Según el artículo 807 del Código Civil, se trata de un tercio del total y no es posible decidir sobre él.

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Qué parte de tu herencia puedes repartir libremente

Otro tercio es el de mejora, reservado para un heredero forzoso. Una vez un tercio se ha repartido entre los hijos, este otro tercio puede darse solo a uno o varios de ellos, expresándolo de forma explícita y clara en el testamento para no legar también un grave conflicto entre hermanos. En caso de no quedar cristalino, se entenderá que ese dinero forma parte de la legítima.

La libre disposición solo es posible sobre el último de los tercios y también debe estar negro sobre blanco en un testamento. Este tercio de libre disposición, como es de suponer, es el que más problemas genera, el que más veces es impugnado y termina en los tribunales, algo indeseable por los elevados plazos y coste tanto económico como psicológico.

O, en palabras de Abat, “solo el último tercio es de libre disposición para dejarlo a quien quieras, sea tu pareja, tu amigo o el vecino del cuarto”.

Pasa entonces a abordar el otro gran mito: “¿Y qué pasa si no haces testamento? Pues tampoco es cierto que el papá Estado se quede con tu pasta. Lo que ocurre es que entra en juego la sucesión intestada“.

Un juez falla sobre el reparto de una herencia. (Adobe Stock)

La sucesión intestada

Antes de continuar, conviene responder qué es la sucesión intestada. Se trata del mecanismo que activa la transmisión de una herencia cuando no existe testamento válido, este se ha anulado por sentencia firme o su contenido resulta insuficiente para designar a todos los herederos. Se trata de un proceso que pauta el Código Civil y señala quiénes sucederán al fallecido y en qué orden.

El orden para heredar se basa en la cercanía de parentesco y se estructura en grupos: descendientes (hijos, nietos y demás), ascendientes (padres, abuelos), el cónyuge viudo, colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, tíos y primos) y, finalmente, el Estado si ninguna de las anteriores personas existe.

Respecto a los descendientes, éstos heredan siempre por partes iguales y los más próximos en grado excluyen a los más lejanos. De ese modo, los hijos heredan antes que los nietos, y estos, antes que los bisnietos. Cuando no hay descendientes, la herencia corresponde a los ascendientes, dividiéndose entre padres o, en su defecto, entre abuelos y posteriormente bisabuelos.

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Cuándo se queda el Estado una herencia

El papel del cónyuge viudo merece una mención especial en la sucesión intestada. Si no hay descendientes ni ascendientes, hereda íntegramente los bienes del difunto. En los casos en que existan descendientes, el cónyuge tiene derecho al usufructo vitalicio de una tercera parte de la herencia; si concurren ascendientes, el usufructo se eleva a la mitad de la herencia.

Y, como ya se ha mencionado, si ningún familiar dentro de ese orden existe o acepta la herencia, entonces sí, la titularidad de los bienes pasa al Estado.

“Moraleja: no le puedes dejar todo a tu perro, por mucho que lo quieras, ni tampoco es verdad que Hacienda se quede con tu dinero por no hacer testamento, pero lo que sí que puedes evitar son líos familiares”, termina Abat, que recuerda que por apenas 50 euros se puede hacer un testamento en tu localidad “y te ahorras problemas”.

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