
El Ministerio de Sanidad ha sacado este lunes a consulta pública el borrador del real decreto que regula el uso medicinal del cannabis que se permitirá en patologías con evidencia científica de su beneficio terapéutico y en enfermedades con dolor crónico y persistente que no se alivia con los tratamientos habituales.
En un comunicado, Sanidad ha informado de que las patologías a las que se refiere el texto son la espasticidad por esclerosis múltiple con rigidez y espasmos musculares, las formas graves de epilepsia refractaria, las náuseas y vómitos por quimioterapia y el dolor crónico refractario que persiste con los fármacos más comunes.
Esta lista de indicaciones puede ampliarse o modificarse, en el trámite de audiencia, en función de la evidencia científica y las decisiones regulatorias futuras. El texto también establece un registro para asegurar la trazabilidad y calidad de los preparados estandarizados de cannabis utilizados en la elaboración de fórmulas magistrales.
Además, la prescripción se limitará a médicos especialistas y las fórmulas magistrales de preparados de cannabis se elaborarán en servicios de farmacia hospitalaria para asegurar un seguimiento farmacoterapéutico adecuado. Esta norma, que responde a la petición de la subcomisión de Sanidad creada para analizar la regulación del cannabis medicinal a instancias de la Comisión de Sanidad y Consumo, busca facilitar el acceso de preparados estandarizados de cannabis a pacientes en los que los medicamentos autorizados no han sido eficaces.
Normas para los laboratorios fabricantes
La Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (Aemps) publicará la monografía de este uso en el Formulario Nacional para fórmulas magistrales de preparados estandarizados de cannabis. La monografía incluirá la acción e indicaciones legales reconocidas para estos tratamientos.

Los laboratorios fabricantes de los preparados deberán cumplir las normas de correcta fabricación de los medicamentos de la UE, y asegurar buenas prácticas de distribución por parte de sus proveedores, auditarlos regularmente y documentar la cadena de suministro de cada material. Solo se podrán suministrar estos preparados a servicios de farmacia hospitalaria o para exportación. Deberán estar inscritos en el registro público de la Aemps creado a tal efecto. Las fórmulas magistrales se usarán cuando no haya medicamentos autorizados o estos no se ajusten a las necesidades del paciente.
La prescripción se limita al médico especialista. El médico deberá evaluar periódicamente la utilidad y seguridad del tratamiento y considerar su cese si no hay beneficio o la relación riesgo-beneficios es desfavorable.
(Información elaborada por la agencia Efe)
Últimas Noticias
Avance de ‘Valle Salvaje’ del miércoles 18 de marzo: Pedrito le planta cara a don Hernando y el futuro incierto de José Luis y Victoria
El nuevo capítulo de la serie de RTVE saca a la luz secretos, reproches y decisiones que marcarán un antes y un después

Resultados de la Triplex de la Once: sorteo 3 de las 14:00
Juegos Once anunció la combinación ganadora del Sorteo 3 de las 14:00 horas

El nuevo proyecto artístico que ilusiona a Cayetano Rivera más allá de su relación con Tamara Gorro: “Es el momento de adelantaros algo especial”
El extorero ha compartido en sus redes sociales que está preparando un nuevo proyecto junto al artista Domingo Zapata

El exDAO de la Policía niega ante el juez haber agredido sexualmente a una subordinada: a la espera de que el audio de 40 minutos esclarezca los hechos
El magistrado rechaza imponer medidas de protección a la denunciante al no apreciar riesgo actual, tras escuchar durante cuatro horas a ambas partes

Ocho horas de porno al día para entrenar a la IA: así es el trabajo que denuncian en Kenia
Los etiquetadores de datos cobran salarios bajos y carecen de ayudas para su salud mental


