“¿A usted de le gustaría retomar la relación con ellas o la da por perdida?”, pregunta la presentadora de Y ahora Sonsoles, de Antena 3. ”Está perdida, totalmente”, responde Juana, madre de dos hijas a las que ha decidido desheredar tras 20 años sin tener contacto ni noticias sobre ellas. “He sido maltratada psicológicamente toda la vida”, asegura. Siente que sus hijas nunca valoraron el esfuerzo que hizo por ellas después de años limpiando casas para sacarlas adelante y que la abandonaron.
“Por mi profesión he visto mucha casas con muchas familias Yo no he sido peor madre que otros padres u otras madres. Yo no les le ha exigido grandes cosas ni las he torturado, no las he maltratado, para que a mí me hayan abandonado de esta forma”, explica frente a las cámaras del plató. “Simplemente, veo que han pasado un montón de años y un montón de cosas en la vida y no queréis saber nada de mí. No ha habido nunca acercamiento. Mi hija mayor se casó y no me dijo nada. Nacieron mis nietos y ni les conozco. Imagino que no les habréis hablado ni de mí y, por lo tanto, ya que lo que tengo es gracias a limpiar la mierda, como dice mi hija, de las casas de la gente, pues no me gustaría que se quedasen con nada mío, prefería darlo a una ONG o dárselo a cualquiera que lo valorará más”, ha sentenciado.
La herencia legítima
En España, la herencia legítima es una parte esencial dentro del proceso de sucesión, reservada obligatoriamente para los herederos forzosos. Esto quiere decir, que aunque se tenga el testamento perfectamente repartido y se quiera excluir a alguna persona, hay sujetos que recibirán obligatoriamente una parte del dinero, simplemente por el parentesco que tienen. Estos son los descendientes, ascendientes y el o la cónyuge.
La herencia legítima asegura que dichos beneficiarios reciban una porción de los bienes del fallecido, independientemente de las disposiciones testamentarias que este haya establecido. La herencia se calcula dividiendo el total hereditario en tres partes: el tercio de legítima, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. La primera de estas fracciones se distribuye equitativamente entre los herederos forzosos, mientras que el tercio de mejora puede destinarse a favor de uno de los descendientes si así se especifica en el testamento. El tercio de libre disposición queda a la plena voluntad del testador para asignarlo a quien desee.
¿Se puede desheredar a un hijo?
La desheredación es un procedimiento legal que permite a una persona excluir intencionadamente a un potencial beneficiario de su derecho a recibir la parte de la herencia que legalmente le correspondería. Este acto se formaliza a través de un testamento y debe estar justificado por alguna de las causas previstas en la ley.
Este proceso se lleva a cabo conforme a las disposiciones legales, a través de un testamento que excluya expresamente al heredero de la legítima, acompañado de las justificaciones pertinentes que respalden tal decisión. Esto significa que, siguiendo el procedimiento correcto y justificado, el heredero mencionado puede ser privado de su derecho a la herencia que, en circunstancias normales, le correspondería.
Sin embargo, los descendientes de una persona desheredada pueden reclamar la herencia que habría correspondido a su ascendiente directo. En tales circunstancias, los nietos del fallecido, es decir, los descendientes del hijo desheredado, sí poseen el derecho a reclamar la porción de la herencia que habría correspondido a su padre o madre, mediante lo que se conoce como el derecho de representación. Este derecho permite a los descendientes ocupar el lugar y, por tanto, recibir la parte de la herencia que le habría pertenecido al ascendiente desheredado, asegurando así la transmisión de la herencia a través de las generaciones, incluso en casos de desheredación.
Los motivos más frecuentes en el ámbito de las desheredaciones de hijos, según indica el portal web LegalToday, son los siguientes:
- Negar sin razón legítima los alimentos al ascendiente.
- Maltratar física o psicológicamente a alguno de los progenitores.
- Acusar falsamente de un delito.
- Atentar contra la vida de alguno de los progenitores.
- Obligar, mediante la coacción o la violencia, a la realización de un testamento a su favor.