La carta del presunto cómplice del crimen de Chiloeches: “No puedo ni imaginarme el dolor de esa familia y de verdad que lo siento”

David se encuentra en prisión preventiva por haber sido el que condujo el coche con el que el presunto autor llegó al lugar del crimen

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Uno de los detenidos por el crimen de Chiloeches sale de la comandancia de la Guardia Civil de Guadalajara para pasar a disposición judicial (Rafael Martín/Europa Press)
Uno de los detenidos por el crimen de Chiloeches sale de la comandancia de la Guardia Civil de Guadalajara para pasar a disposición judicial (Rafael Martín/Europa Press)

En la madrugada del 14 de abril de este año aparecieron en un chalet del municipio de Chiloeches tres cadáveres. Eran una mujer de 22 años, Laura, y sus dos padres, Ángel y Elvira, que presentaban heridas de cuchillo por todo el cuerpo. Sumado a esto, la vivienda donde se encontraban había sido incendiada, pero por suerte el fuego solo consiguió dañar la parte baja, dejando los cuerpos intactos.

La rápida respuesta de los agentes llevó al arresto del presunto autor en tan solo un par de horas. Gracias a las cámaras de seguridad cercanas pudieron ver el coche en el que llegó. Este fue identificado como el exnovio de la víctima más joven y todavía se está investigando si el crimen fue cometido simplemente por el miedo a ser descubierto o fue movido por los celos, ya que tenía una orden de alejamiento contra ella.

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Junto al presunto autor se detuvo a su actual novia, como presunta encubridora, y a su primo David, que fue el encargado de conducir el vehículo hasta el lugar del crimen. Este abandonó el lugar antes de que el ladrón saliera de la casa, pero se encuentra detenido como presunto cómplice.

La carta de disculpa de David

Este lunes el programa Vamos a ver de la cadena Telecinco ha dado a conocer en exclusiva una carta enviada desde la cárcel de Alcalá Meco por David, en la que se disculpa por todo el daño ocasionado y asegura que no sabía nada de lo que estaba ocurriendo dentro de la casa.

“Lamento profundamente lo que sucedió aquella noche del 13 de abril. “No puedo ni imaginarme el dolor de esa familia y de verdad que lo siento”, comienza explicando el presunto cómplice y sigue con la promesa de colaborar en todo momento con la justicia para esclarecer lo ocurrido: “Yo declaré delante de la jueza y volveré a declarar las veces que sea necesario para colaborar”.

Los cadáveres del incendio en Chiloeches son de un matrimonio y su hija y presentan signos de violencia. (Europa Press)

El cómplice de un delito

El cómplice en el Derecho Penal español se define como la persona que, sin ser autor del delito, participa en su comisión con actos previos o simultáneos. Esta figura no es crucial para la realización del delito, pero su colaboración contribuye al éxito del mismo, según el Código Penal.

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La complicidad conlleva una responsabilidad criminal que está tipificada en el Código Penal español. Se diferencia del cooperador necesario, cuyo papel es esencial para que el delito se cometa. La distinción entre ambas figuras es fundamental para determinar las penas correspondientes, ya que el cómplice recibe una sanción menor comparada con la del autor del hecho delictivo.

Para que una persona sea considerada cómplice, se deben cumplir ciertos requisitos, como tener conocimiento y voluntad de colaborar con la intención delictiva del autor. La cooperación del cómplice puede incluir actos que no son imprescindibles, pero que ayudan a la perpetración del delito. Según la doctrina del Tribunal Supremo, existe también la figura de la complicidad por omisión, cuando una persona, conscientemente, decide no actuar para evitar el delito.

Artículo 29 del Código Penal español establece que los cómplices son aquellos que, sin ser necesarios para la ejecución del delito, cooperan en la realización del mismo a través de actos previos o simultáneos. Además, el Artículo 63 establece que los cómplices recibirán una pena inferior en grado a la fijada para los autores del delito.

El cooperador necesario, a diferencia del cómplice, realiza acciones que son indispensables para la comisión del delito. Por ejemplo, una persona que proporciona información crucial sobre el momento propicio para cometer un robo, convirtiéndose en un elemento indispensable para la ejecución del crimen.

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