El Gobierno prepara un proyecto con cambios en cuatro impuestos clave: cuáles son y por qué se adelantó

Dentro de la reforma laboral que se enviará al Congreso, el oficialismo incluirá modificaciones impositivas. La visión de los analistas y el motivo por el que no se esperó a la reforma tributaria

El Gobierno incluiría en la reforma laboral cambios impositivos

El Consejo de Mayo definió los últimos cambios de la reforma laboral que se enviará al Congreso para que se trate durante las sesiones extraordinarias. Pero su contenido incluirá cambios impositivos que deberían haberse planteado en la tributaria para la que aún no hay fecha de envío.

Según pudo saber Infobae, el proyecto que girará en las próximas horas a la mesa de entrada de la Cámara de Diputados contempla cambios en impuestos. Con base en el documento al que tuvo acceso este medio, se dejarían sin efecto el impuesto interno a automotores y motos, seguros, telefonía celular y satelital. A su vez, se plantearía una baja del impuesto a las Ganancias de sociedades (la alícuota máxima pasaría del 35% al 31,5%). Y se plantearía la actualización por inflación de los quebrantos que se generen a partir de 1º de enero de 2025.

“La derogación de la ley de impuestos internos en verdad es una ley vieja que quedó, es la anterior, y hoy está duplicada porque hay una nueva. En la que está vigente lo que se está modificando es el impuesto a los automotores”, comentó el contador Marcos Felice. Quien destacó que también se contemplan cambios menores en el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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El ministro de Economía, Luis Caputo confirmó hoy ante inversores que plantearan en la reforma laboral el Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

“Se decidió encarar ahora la ley de presupuesto y la ley de laboral y dentro de esta última se metieron algunas modificaciones pequeñas en el plano impositivo porque quieren que se apruebe en diciembre”, sostuvo el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez. Ya que para llevar a cabo la derogación de los “20 impuestos” que se prometió y aumentar las deducciones de Ganancias -que toca la recaudación de las provincias y capital- se necesitan mayores acuerdos que pretenderán alcanzar en enero/febrero.

Ante la consulta de Infobae a fuentes oficiales del Ministerio de Economía, no existió una respuesta de por qué deciden introducir esos cambios impositivos en la reforma tributaria. Aunque destacaron que lo que se está trabajando fue lo que habló el ministro Luis Caputo durante su participación en el evento de la Fundación FIEL, en donde confirmó que plantearán el Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

Durante su participación en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Caputo había prometido que la reforma tributaria incluiría una actualización de las deducciones que pueden aplicar los contribuyentes para no ser alcanzados o pagar menos del impuesto, aunque el propio funcionario adelantó que no hay que esperar grandes cambios impositivos porque no se puede comprometer el superávit fiscal, que es el pilar del programa.

“El impuesto al cheque, alrededor de 1,5% del Producto, las retenciones 1,2%(...). Son todas cosas que hoy no podemos darnos el lujo porque de corto plazo implica romper el ancla fiscal”, marcó en su momento el titular del Palacio de Hacienda. No obstante, hoy considera que los mayores problemas lo generan las provincias con el cobro del impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIB) y los municipios con las tasas.

Para la sorpresa de algunos, el Gobierno anunció el martes una nueva baja de retenciones al campo. Con ello, la alícuota de derechos de exportación baja del 26% a 24%, para los subproductos de soja, de 24,5% a 22,5%, para trigo y cebada, de 9,5% a 7,5%, para maíz y sorgo de 9,5% a 8,5%, y para girasol de 5,5% a 4,5%.

La discusión de quebrantos

Con la reforma laboral, y estos cambios impositivos que se incluirían, el Gobierno busca subsanar -a medias- una discusión que tiene con las empresas de sí los quebrantos (perdidas impositivas) se actualizan o no por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Como reveló Infobae, se trata de un enfrentamiento de larga data. Mientras que el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, asesorado por la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini, consideran que la ley no lo permite, los estudios contables más importantes del país consideran que sí y preparan a sus clientes para ir a la Justicia.

La contadora Claudia Ballestrini, subsecretaria de Ingresos Públicos, viene de la gestión de Alberto Fernández.

Se trata de una discusión que ya lleva meses. Y que luego de intentar pasar por el Congreso una moratoria por este tema (incluye condonación de intereses) que fracasó, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tuvo que lanzar un plan de facilidades de pago, que según los datos a los que accedió este medio, tuvo pocas adhesiones.

Hasta el 25 de agosto pasado, 4.956 Claves de Identificación Única Tributaria (CUITs) se adhirieron al plan de pagos de Ganancias por un monto total consolidado de $365.629.078.123. De los cuales, de capital consolidado fue $354.499.432.285; de interés consolidado, $11.129.645.837; pago a cuenta, $13.200.408.536.

Esta dinámica exhibe el poco atractivo que generó el plan de pagos. Es que, mediante sucesivas resoluciones generales de ARCA, se cambiaron las condiciones para generar más adhesiones. Por medio de la Resolución General 5742/2025, se flexibilizaron y se extendió el plazo para que los contribuyentes puedan regularizar su situación fiscal con facilidades. Pero cuatro días después, el organismo que conduce Pazo tuvo que realizar modificaciones.

En la última actualización, quedó incluido el saldo de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias correspondientes a períodos fiscales no prescriptos a la fecha de entrada en vigencia de la Resolución, así como sus correspondientes intereses resarcitorios y punitorios siempre que se hayan computado quebrantos de ejercicios anteriores en forma incorrecta y que dicha situación sea subsanada mediante la presentación de las respectivas rectificativas.

También el saldo de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias original o rectificativa correspondiente al ejercicio comercial cerrado entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, inclusive -y sus correspondientes intereses resarcitorios y/o punitorios-, en la que se computen los quebrantos a valores históricos.

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