
Tras una serie de cambios en los registros automotores, desde este mes ya no será necesario el “libre deuda” de patentes y multas para tramitar la transferencia de vehículos usados.
”Los Registros Automotores dejarán de cobrar los impuestos y tasas relativos a la radicación de Automotores y de sellos, y las multas por infracciones de tránsito cometidas en jurisdicción provincial o municipal. Será responsabilidad de cada jurisdicción la percepción de los mismos”, indicó el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
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De esto se desprende el fin del requisito obligatorio del libre deuda. Sucede que los registros automotores tenían convenios con los municipios y podían frenar el trámite si no se saldaban los impagos. Ahora el vendedor y comprador del vehículo usado podrán alcanzar un acuerdo entre partes por esas deudas.
En este marco, el secretario de Justicia, Sebastián Amerio, a cargo de la Subsecretaría de Asuntos Registrales, aseguró: “A partir de ahora los gobiernos van a tener que hacerse responsables ante los ciudadanos de los impuestos, tasas y retenciones que les cobran. Los argentinos tienen el derecho de saber a dónde es destinada la plata que el Estado les retiene y esta medida es un avance en ese sentido”.
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El funcionario consideró que hay una “conveniencia” de eliminar los convenios a través de los cuales los Registros Seccionales cobraban los impuestos y tasas y que “esa operatoria resulta ajena al desarrollo de la actividad registral”.
Las medidas anunciadas incluyen también una baja al 1% del arancel de transferencia, la eliminación de cargos por cédulas de identificación, títulos y chapas patentes y la creación del Legajo Digital Único.
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De acuerdo al Gobierno, las modificaciones significan un ahorro mensual adicional de $1300 millones para la Administración Pública y que regresen al bolsillo de los argentinos más de $36.000 millones por año.
Puntualmente, el Legajo Digital Único (LDU) tiene como finalidad “facilitar un servicio de inscripción abierto, accesible y estandarizado, bajo jurisdicción nacional, que permita las inscripciones o anotaciones peticionadas por los titulares registrales o por intermediarios autorizados para todo el conjunto de automotores”.
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“Instrúyese a todos los Encargados de Registros Seccionales para que den ingreso a los trámites peticionados a través de cualquier Solicitud Tipo y procedan con su calificación y posterior inscripción u observación (según corresponda), de acuerdo con la información brindada por el Certificado Digital Automotor (CDA) disponible en el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA), sin necesidad de requerir su validación previa por parte del Registro Seccional de radicación del automotor”, dispuso el Gobierno.
La normativa elimina “los polígonos de la jurisdicción seccional” y establece una jurisdicción única en todo el territorio nacional, lo que permite la libre elección del Registro Seccional para realizar trámites.
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En el considerando de la norma, el Ejecutivo alega que “la digitalización de estos instrumentos implica también una mejora sustancial en términos de eficiencia y calidad de las prestaciones de las distintas tramitaciones internas propias del actual funcionamiento del sistema registral, ya que se reducen tiempos y costos relacionados con el envío físico de la documentación y de los Legajos, así como se disminuyen exponencialmente los riesgos de robo o extravío de estos instrumentos, vinculados al traslado que se efectúa a través de los distintos servicios de correos”.
También, se redujo el costo del trámite de la inscripción inicial y transferencia de automotores, motovehículos, maquinaria agrícola vial e industrial. Según lo establece la normativa, sobre los precios se harán una serie de descuentos.
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