Colusión: en que consiste la conducta anticompetitiva por la que el Gobierno acusó a las prepagas

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia determinó que existen indicios múltiples de un acuerdo entre las principales empresas del sector. A cuánto ascienden las posibles multas

Compartir
Compartir articulo
El Ministerio de Economía acusó a las prepagas por conductas anticompetitivas (EFE/Enrique García)
El Ministerio de Economía acusó a las prepagas por conductas anticompetitivas (EFE/Enrique García)

El Gobierno acusó a las empresas de medicina prepaga de “declararle la guerra a la clase media” ante un supuesto acuerdo entre ellas para aumentar sus planes de salud en una magnitud similar después de la liberalización de precios que definió en diciembre con el Decreto 70/2023 Javier Milei. El mecanismo señalado representa una conducta anticompetitiva que comúnmente se conoce como “cartelización” o “colusión”.

La Secretaría de Comercio informó este miércoles que, en el marco de una investigación por presuntos movimientos en ese sentido, “la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) determinó que existen indicios múltiples de un acuerdo colusivo entre las principales empresas de medicina prepaga del país”.

Se trata del incremento promedio del 151% en los planes de salud acumulado desde diciembre pasado, lo que llevó al Gobierno a intimar a las compañías a bajar sus precios en línea con la inflación del período. A través de la Superintendencia de Salud se solicitó a la Justicia una cautelar para que se devuelva la diferencia a los clientes.

Ejemplos de conductas anticompetitivas concertadas (Secretaría de Comercio)
Ejemplos de conductas anticompetitivas concertadas (Secretaría de Comercio)

Qué es una conducta anticompetitiva

Según explicó Comercio, en defensa de la competencia una conducta anticompetitiva es una práctica o acuerdo comercial para limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado, de modo que pueda resultar en un perjuicio para el interés económico general. Se pueden clasificar en concertadas y abusos de posición dominante.

Ese comportamiento atenta contra la competencia de las empresas, la cual debería generar precios más bajos y una mayor variedad y calidad de productos y servicios. En definitiva, es un detrimento para los consumidores, compañías e instituciones públicas y privadas.

La Ley de Defensa de la Competencia de la República Argentina establece que las conductas anticompetitivas constituyen un ilícito posible de ser sancionada. El área que se ocupa de investigar este tipo de casos es la CNDC.

En el caso de las prepagas se investiga una presunta práctica anticompetitiva concertada que comúnmente se conoce como “colusión” o “cartelización”.

Dentro de estas, existen conductas de “núcleo duro” que se encuentran clasificadas por la Ley de Defensa de la Competencia como prácticas absolutamente restrictivas de la competencia y consisten en el acuerdo entre dos o más competidores para:

  • Concertar precios.
  • Restringir la oferta.
  • Repartirse el mercado en función de zonas geográficas, tipo de productos y/o, clientes.
  • Coordinar posturas en licitaciones, concursos o subastas.

La investigación la CNDC

Lo más habitual es que la investigación de una conducta anticompetitiva se inicie a partir de una denuncia, que puede ser realizada por cualquier persona humana o jurídica, presentando un escrito ante la CNDC.

Posibles sanciones por conductas anticompetitivas (Comercio)
Posibles sanciones por conductas anticompetitivas (Comercio)

La investigación actual sobre las prepagas sólo incluye al 75% de las empresas de medicina prepaga debido a que la denuncia de la Coalición Cívica ante el organismo fue siete firmas (Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical, Omint y OSDE). Así lo explicaron a Infobae fuentes oficiales.

La denuncia debe contener:

  1. El nombre y domicilio del denunciante ante la CNDC
  2. El objeto de la denuncia
  3. Una explicación clara de los hechos considerados
  4. Una exposición breve del derecho en el que se funda la denuncia
  5. Los medios de prueba que considere pertinentes para el análisis de la denuncia

Una vez presentada la denuncia, la CNDC citará al denunciante a una audiencia para ratificar o rectificar lo dicho en su presentación inicial. En caso de que la CNDC considere la denuncia pertinente, pedirá al denunciado que realice las explicaciones que estime oportunas.

Cuáles pueden ser las sanciones

En caso de que se considere que las explicaciones brindadas por el denunciado son satisfactorias, o bien, si concluida la investigación no hubiera evidencia suficiente que indicara la realización de la conducta anticompetitiva denunciada, se dispondrá al archivo del expediente.

Ahora bien, de encontrarse evidencia suficiente de la realización de la conducta anticompetitiva, la CNDC podrá ordenar el cese de la conducta y recomendar la aplicación de las siguientes sanciones, que podrán recaer sobre las personas humanas o jurídicas que realizaron dicha infracción:

  • Multa a las empresas de hasta 30% de la facturación en Argentina.
  • Multa a las personas humanas que hubieran ejercido el puesto de director, gerente administrador, entre otros, que hubieran contribuido, alentado o permitido su ejecución.
  • La inhabilitación para ejercer el comercio de uno a diez años a la empresa y/o a las personas humanas responsables.
  • La suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado a los responsables por hasta cinco (5) años.

Desde hace tiempo que en el Gobierno había descontento con los incrementos que aplicaron desde la desregulación del sector a partir del DNU 70/2023 de Javier Milei. El ministro de Economía, Luis Caputo, acusó a las prepagas de “declararle la guerra a la clase media”.

“Se estima que la inflación de abril será del 10%, y tomando en cuenta que las cuotas de la medicina prepaga se incrementaron en promedio un 151% desde diciembre, la medida logrará reducir la cuota de las prepagas en un 33%”, informó la Secretaría de Comercio e Industria, a cargo de Pablo Lavigne y al frente de la investigación.

Desde el sector de la salud privada fueron contundentes en una charla en off the record con Infobae luego de conocida la medida. “Si esta medida hay que aplicarla tal cual se anunció quiebra el sistema privado de salud, pero no dentro de seis meses, quiebra dentro de 60 días”, aseguraron. El cálculo preliminar que realizaron arrojó que “las cuotas deberían bajar un 25% ya que aumentaron en promedio 6% o 7% sobre la inflación”.

El sistema de salud privado de la Argentina atiende a 33 millones de personas. De esa cifra, 6 millones están dentro de las prepagas y de ellas, 4,5 millones están en planes corporativos, que pagan sus empleadores y 1,5 millones son socios directos. Casi 7 de cada 10 personas en el país tiene algún tipo de cobertura privada mientras que cuentan con el servicio el 90% de la clase media según los números de la economista Milagros Gismondi.